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Documento BOE-B-2014-12850

ALICANTE

Publicado en:
«BOE» núm. 86, de 9 de abril de 2014, páginas 16904 a 16905 (2 págs.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2014-12850

TEXTO

Edicto

Doña Cristina Cifo González, Secretario judicial del Juzgado de lo Mercantil número 1 de Alicante, por el presente,

Hago saber: Que en fecha 14 de marzo de 2014 se ha dictado auto de reapertura del presente concurso 160/09-R que se tramita frente a la mercantil DIALOR SANTANA, S.L., con domicilio en Alicante, calle Portugal, n.º 22 y CIF número B-53756615 cuya parte dispositiva es la siguiente:

1.- Se decreta la apertura de la fase de liquidación.

2.- Se repone en el cargo a la administración concursal en la persona de Vicenta Francés Francés.

Comuníquese de forma inmediata (fax, correo electrónico o teléfono) su designación debiendo comparecer para aceptar el cargo dentro de los cinco días siguientes a la comunicación, haciéndole saber que en caso de no aceptar el cargo sin que concurra justa, grave y motivada, no acudir al llamamiento o no tener suscrito seguro de responsabilidad civil o garantía equivalente para responder de los posibles daños derivados de su función, no se le podrá designar para funciones similares en procesos concursales que puedan seguirse en este partido judicial en un plazo de tres años.

3.- Se acuerda la suspensión de las facultades de administración y disposición del deudor sobre su patrimonio, con todos los efectos previstos en el Título III de la Ley Concursal.

4.- Se declara la disolución de la mercantil concursada DIALOR SANTANA, S.L.U., así como en todo caso el cese de los administradores o liquidadores, que serán sustituidos por la administración concursal, sin perjuicio de continuar aquéllos en la representación de la concursada en el procedimiento y en los incidentes en lo que sea parte.

5.- Se declara el vencimiento anticipado de los créditos concursales aplazados y la conversión en dinero de aquéllos que consistan en otras prestaciones.

6.- Preséntese por la Administración Concursal en el plazo de quince días el plan de liquidación previsto en el art. 148 LC, debiendo contener una enumeración de todos los activos reflejados en el inventario con su valoración liquidatoria y las formas concretas propuestas en cada caso para su realización

7.- Procédase a la reapertura de la Sección Sexta de calificación del concurso, con testimonio de la presente, de la solicitud de declaración de concurso, la documentación aportada por el deudor, el auto de declaración de concurso y el informe de la administración.

8.- Dentro de los diez días siguientes a la última publicación del presente auto, cualquier acreedor o persona con interés legítimo podrá personarse y ser parte en la Sección Sexta alegando por escrito cuanto considera relevante para la calificación del concurso como culpable. (Art 168 LC)

Notifíquese a las partes personadas y publíquese por medio de edicto en el Registro Publico Concursal y en el tablón de anuncios de este Juzgado e inscríbase en el Registro Mercantil.

En tanto no se cree el Registro Público Concursal, publíquese el edicto en extracto en el BOE de forma gratuita.

Alicante, 31 de marzo de 2014.- La Secretaria judicial.

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