Edicto.
Doña María Carmen Navarro Esteban, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Mercantil número 1 de Murcia, por el presente, hago saber:
Que en los autos seguidos en este órgano judicial con el n.º 16/2013, NIG 30030 47 1 2013/0000033, se ha dictado en fecha 12 de marzo de 2014 auto de conclusión de concurso respecto de los deudores don Jesús Bravo Carrió, con NIF 10857620-X y doña Beatriz González Granda, con NIF 10859349-Z, con el siguiente literal:
"No constando existencia de bienes y derechos propiedad de Jesús Bravo Carrió y Beatriz González Granda para satisfacer los créditos contra la masa, no ha lugar a proseguir la tramitación del procedimiento concursal respecto a Jesús Bravo Carrió y Beatriz González Granda acordando la conclusión y archivo de las actuaciones.
Una vez firme esta resolución expídanse los despachos establecidos en el artículo 177.3 de la Ley Concursal".
Asimismo se dispone la aprobación de la Rendición de cuentas presentada por la administración concursal.
Murcia, 12 de marzo de 2014.- La Secretaria Judicial.
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