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Documento BOE-B-2014-1343

ALICANTE

Publicado en:
«BOE» núm. 16, de 18 de enero de 2014, páginas 1733 a 1734 (2 págs.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2014-1343

TEXTO

Doña. Cristina Cifo González, Secretario Judicial del Juzgado de lo Mercantil número 1 de Alicante, por el presente, Hago Saber:

Que en el concurso ordinario n.º 643/08, seguido en este Órgano Judicial, a instancia la mercantil Viveros Huerto de Elche, S.A. (antes Viveros Huerto Del Cura, S.A.). con C.I.F. n.º A-03029899, con domicilio en Elche, c/ Juan de Herrera n.º 5, 1.º izquierda ( Elche-Parque Industrial ), inscrita en el Registro Mercantil de Alicante, folio 29 a 44 del libro 62 sección 3.ª de Sociedades, tomo 235 general, folios 166 y 167 del libro 342, se ha dictado auto de conclusión del concurso por inexistencia de bienes, en fecha 8/01/2014, que es firme y, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:

Parte Dispositiva:

1. Se declara concluso el concurso de acreedores de Viveros Huerto de Elche, S.A. (antes Viveros Huerto del Cura, S.A).

2. El deudor Viveros Huerto de Elche, S. A. (antes Viveros Huerto del Cura, S.A.), queda responsable del pago de los créditos restantes, pudiendo los acreedores iniciar ejecuciones singulares.

3. Quedan sin efecto y se alzan las limitaciones de administración y disposición del deudor Viveros Huerto de Elche, S.A. (antes Viveros Huerto del Cura, S.A.) que vinieron en su día acordadas a salvo las que se contengan en la sentencia de calificación.

4. Se acuerda la extinción de Viveros Huerto de Elche, S.A. (antes Viveros Huerto del Cura, S.A.) con C.I.F. n.º A-03029899, con domicilio en Elche, c/ Juan de Herrera, n.º 5, 1º izquierda (Elche-Parque Industrial ),inscrita en el Registro Mercantil de Alicante, folio 29 a 44 del libro 62 sección 3.ª de Sociedades, tomo 235 general, folios 166 y 167 del libro 342, decretándose la cancelación de su hoja registral de inscripción. Para su efectividad, líbrese mandamiento al Sr. Registrador Mercantil de la Provincia.

5. Se aprueba la cuenta rendida por la administración concursal en su informe de fecha 30/10/2013.

6. Se acuerda el cese de lo administradores concursales, a salvo la facultad para proseguir actuaciones en defensa de intereses patrimoniales de la concursada y requiérase la devolución de la credencial.

Notifíquese a las partes personadas y publíquese por medio de edicto en el Registro Publico Concursal y en el tablón de anuncios de este Juzgado e inscríbase en el Registro Mercantil.

En tanto no se cree el Registro Público Concursal, publíquese el edicto en extracto en el BOE de forma gratuita.

Líbrense al efecto los correspondientes mandamientos y oficios que se entregan al Procurador del solicitante para su diligenciamiento, debiendo en el plazo de 5 días acreditar la presentación con los requisitos necesarios ante las oficinas correspondientes, bajo apercibimiento de incurrir en responsabilidad profesional en caso de demora.

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Modo de Impugnación: Contra esta resolución no cabe interponer recurso.

Así por este Auto, lo pronuncia, manda y firma el Itmo/a. Sr./a D/Dña Rafael Fuentes Devesa, Magistrado Juez de este Juzgado. Doy fe.

Firma del Magistrado-Juez. Firma del Secretario.

Alicante, 8 de enero de 2014.- La Secretaria Judicial.

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