Edicto.
Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de Bilbao.
Juicio: Concurso abrev. 1024/2012
Deudor: Bastidores Baskonia, S. Coop.
Abogado: Zabalbeitia Egizabal, José Ramón.
Procurador: Jesús Gorrochategui Erauzquin.
Sobre: concurso voluntario.
En el referido procedimiento concursal se ha dictado auto de fecha 20/02/14, cuya parte dispositiva es la siguiente:
1.- Se declara concluso el procedimiento concursal número 1024/12, referente al deudor Bastidores Baskonia, S. Coop. por inexistencia de bienes y derechos suficientes para la satisfacción íntegra de los créditos de sus acreedores y se acuerda el archivo de las actuaciones.
2.- Se acuerda el cese de las limitaciones a las facultades de administración y disposición del deudor que estuvieran subsistentes salvo las que se contengan en la sentencia firme de calificación.
3.- Se declara que el deudor queda responsable del pago a sus acreedores de la parte de sus créditos no satisfecha. Los acreedores podrán iniciar ejecuciones singulares en tanto no se acuerde la reapertura del concurso o se declare nuevo concurso. Para ello, la inclusión de su crédito en la lista definitiva de acreedores, se equiparará a una sentencia de condena firme.
4.- Se acuerda la extinción de la persona jurídica deudora, procediendo el cierre de su hoja de inscripción en el Registro de Cooperativas de Euskadi, cuyo efecto se expedirán mandamientos correspondientes.
5.- Anúnciese la resolución en el Boletín Oficial del Estado.
La publicación en el Boletín Oficial del Estado tendrá carácter gratuito por insuficiencia de bienes y derechos del concursado.
6.- Comuníquese la conclusión del concurso a los órganos judiciales administrativos a los que se ordenó la suspensión de los procedimientos de ejecución contra el patrimonio del deudor, a fin de que procedan, en su caso, a su archivo definitivo.
7.- Si dentro del plazo de cinco años aparecieren nuevos bienes o derechos del deudor, se procederá conforme a lo dispuesto en el artículo 179 y siguientes de la LC.
Se declaran aprobadas las cuentas presentadas por la administración concursal.
Bilbao, 20 de febrero de 2014.- El Secretario Judicial.
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