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Documento BOE-B-2014-1368

CIUDAD REAL

Publicado en:
«BOE» núm. 16, de 18 de enero de 2014, páginas 1759 a 1759 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2014-1368

TEXTO

Doña María Pilar Moreno Arenas, Secretaria Judicial del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción 4 y de lo Mercantil de Ciudad Real, por el presente, anuncia:

1º.- Que en los autos seguidos en este Órgano judicial con el n.º Sección I Declaración Concurso 0000321/2013 y NIG n.º 13034 41 1 2013 0011599, se ha dictado en fecha 7 de enero de 2014 Auto de declaración de concurso voluntario del deudor don Jesús Calcerrada Martínez, con DNI n.º 06229331B, cuyo centro de intereses principales lo tiene en calle Andrómeda, 7, en Alcázar de San Juan (Ciudad Real), domicilio habitual.

2º.- Se ha acordado la intervención de las facultades de administración y disposición que seguirá ejerciendo el deudor. Se ha designado, como administración concursal a don Félix Aponte Oliver, con domicilio postal en Ciudad Real, calle Carlos Vázquez, número, 7, entreplanta y dirección electrónica señalada faponteo@gmail.com, para que los acreedores, a su elección, efectúen la comunicación de créditos.

3º.- Igualmente se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen a la Administración Concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 85 de la LC, a la dirección postal o electrónica indicadas en el punto anterior, en el plazo de un mes, a partir de la última fecha de publicación de este edicto en el Boletín Oficial del Estado.

4º.- La Administración Concursal, con una antelación mínima de cinco días previos a la presentación del informe al juez, dirigirá comunicación electrónica a los acreedores de los que conste su dirección electrónica, informándoles del proyecto de inventario y de la lista de acreedores.

Éstos a su vez podrán solicitar a la Administración Concursal, igualmente por medios electrónicos y hasta los tres días anteriores a la presentación del informe al Juez, que se rectifique cualquier error o que se complementen los datos comunicados (art. 95.1 L.C.).

5º.- Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador/a y asistidos de Letrado/a (artículo 184.3 LC).

Ciudad Real, 13 de enero de 2014.- Secretaria Judicial.

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