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Documento BOE-B-2014-1372

LAS PALMAS DE GRAN CANARIA

Publicado en:
«BOE» núm. 16, de 18 de enero de 2014, páginas 1763 a 1763 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2014-1372

TEXTO

Edicto

Doña Águeda Reyes Almeida, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Mercantil número 1 de Las Palmas de Gran Canaria,

Por el presente, se hace saber, que en el procedimiento concursal 337/2013, seguido a instancias del Procurado don Antonio Jaime Enríquez Sánchez, en nombre y representación de Carpintería Isidro, S.L., se ha dictado auto el día 06/11/2013, en cuya parte dispositiva constan, entre otros, los siguientes extremos:

Se declara el concurso Carpintería Isidro, S.L. con CIF B-35792639, el que se tramitará por el procedimiento abreviado.

A los efectos oportunos, el presente concurso, tiene el carácter de voluntario.

Conforme prevé el art. 23 de la Ley Concursal, el presente edicto se insertará en el Registro Público Concursal y, en tanto se produce la reglamentación de dicho órgano, se publicará en el Boletín Oficial del Estado.

Se designan como Administradores del concurso a: Don Ángel Medina Jiménez, como Abogado, el cual ha designado como domicilio postal el de la c/ Alférez Cabrera Tavío, n.º 11, 3.º izq. de Arrecife de Lanzarote, teléfono 928801557, fax 902955201, así como dirección electrónica abogado@angelmedina.es

En cuanto a los efectos sobre las facultades de administración y disposición del deudor respecto a su patrimonio, se acuerda; que el deudor conservará las facultades de administración y disposición sobre su patrimonio, quedando sometido el ejercicio de éstas a la intervención de los administradores concursales, mediante su autorización o conformidad.

Llámese a los acreedores para que pongan en conocimiento de la Administración concursal la existencia de sus créditos en el plazo de un mes a contar desde el siguiente a la publicación en el "Boletín Oficial del Estado" del auto de declaración de concurso, conforme a lo previsto en el art. 23 de la Ley 22/2003, de 9 de julio, Concursal en el domicilio designado por la Administración concursal y en la forma prevista en el art. 85 de la mentada Ley.

Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (art. 184.3 LC).

Don Alberto López Villarrubia, Magistrado-Juez. Doña Águeda Reyes Almeida, Secretaria Judicial. Firmados y rubricados.

Y para que sirva de publicación a los efectos acordados en el auto dictado, así como de notificación a los acreedores y al deudor en el caso de que éste no hubiere comparecido, de conformidad a lo establecido en los arts. 21.5 y 23 de la Ley Concursal, se expide el presente edicto.

Las Palmas de Gran Canaria, 7 de enero de 2014.- Secretaria Judicial.

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