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Documento BOE-B-2014-14804

BADAJOZ

Publicado en:
«BOE» núm. 101, de 26 de abril de 2014, páginas 19563 a 19563 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2014-14804

TEXTO

Doña Lucía Peces Gómez, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Badajoz, hago saber:

1º.- Que en los autos seguidos en este órgano judicial con el n.º Sección I Declaración Concurso 0000142 /2014, se ha dictado en fecha 10/04/14 Auto de Declaración de Concurso Abreviado Voluntario, de los deudores Vialca Vehículos Industriales, S.L.U. (CIF B06357719), Karo Comercial Extremeña de Maquinaria, S.L. (CIF B06407902), Extreocasión, S.L. (CIF B06444418), Chapitrucks, S.L.U. (CIF B06439269), y Vialca Rentrucks, S.L.U. (CIF B06550297), cuyo centro de intereses principales lo tienen en Mérida (Badajoz), Polígono el Prado, Parcela R62.

2º.- Se ha acordado que las facultades de administración y disposición sobre su patrimonio, de los deudores, quedan suspendidas, siendo sustituidas por la Administración Concursal. Se ha designado, como administración concursal al Abogado D. Antonio Pessini Díaz, con domicilio postal en Badajoz, en C/ Ronda del Pilar, n.º 7, 1.º A, y dirección electrónica señalada: antonio@pygabogados.com, para que los acreedores, a su elección, efectúen la comunicación de créditos. No se admitirán bajo ninguna circunstancia insinuaciones de créditos dirigidas a este Juzgado, ya que las mismas deberán dirigirse directamente a la Administración Concursal. En caso de existir personaciones en los escritos de insinuación de crédito tampoco serán tenidas en cuenta, debiéndose realizar la personación en escrito dirigido para tal fin.

3º.- Igualmente se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen a la Administración Concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 85 de la LC, a la dirección postal o electrónica indicadas en el punto anterior, en el plazo de UN MES a partir de la última fecha de publicación de este edicto en el Boletín Oficial del Estado.

4º.- Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (art. 184.3 LC), sin perjuicio de lo establecido para la representación y defensa de los trabajadores en la Ley de Procedimiento Laboral

5º.- Como consecuencia de la apertura de la fase de liquidación se declaran disueltas las Mercantiles Vialca Vehículos Industriales, S.L.U. (CIF B06357719), Karo Comercial Extremeña de Maquinaria, S.L. (CIF B06407902), Extreocasión, S.L. (CIF B06444418), Chapitrucks, S.L.U. (CIF B06439269), y Vialca Rentrucks, S.L.U. (CIF B06550297), se dará traslado a todos los acreedores del Plan de Liquidación a disposición en la Secretaria de este Juzgado, y que fue presentado por la concursada para que puedan realizar sus alegaciones por plazo de diez días, de conformidad con lo establecido en el art. 191 ter de la L. Concursal.

Badajoz, 14 de abril de 2014.- La Secretaria Judicial.

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