Edicto
D.ª Virginia Montejo Labrada, Secretaria del Juzgado de lo Mercantil n.º 7 de Madrid, anuncia:
Que en el procedimiento concursal número 341/2011, referente al concursado Pedro José Manzano Herranz, con n.º de D.N.I. 02091564-J, por auto de fecha 10/03/2014 se ha acordado lo siguiente:
1.- Se abre la fase de liquidación, formándose la sección quinta que se encabezará con testimonio de esta resolución.
2.- Durante la fase de liquidación quedan en suspenso las facultades de administración y disposición del concursado sobre su patrimonio con todos los efectos establecidos en el Título III de la LC.
3.- Se declara el vencimiento anticipado de los créditos concursales sometidos a plazo y la conversión en dinero de las prestaciones de los créditos que tuvieran diferente objeto.
4.- Se declara extinguido el derecho de alimentos del concursado con cargo a la masa activa.
5.- Otorgar un plazo de quince días a fin de que la Administración Concursal presente un plan de liquidación para la realización de los bienes y derechos integrados en la masa activa del concursado.
Madrid, 15 de abril de 2014.- La Secretaria.
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