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Documento BOE-B-2014-1609

GIRONA

Publicado en:
«BOE» núm. 17, de 20 de enero de 2014, páginas 2063 a 2063 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2014-1609

TEXTO

Don José Antonio Marquínez Beitia, Secretario Judicial del Juzgado Mercantil número 1 de Girona, dicto el presente edicto al objeto de dar publicidad al auto de declaración de concurso dictado en este Juzgado (art. 23 y 24 LC):

Número de asunto: 564/2013.

Fecha del auto de declaración: 13 de noviembre de 2013.

Clase de concurso: voluntario abreviado.

Entidad concursada: Roca Fusters, S.L.

Cif de la concursada: B-17387697.

Domicilio social de la concursada: Polígono Industrial Can Roure, s/n., locales 1 y 2 de la población de Maçanet de la Selva (Girona).

Administrador concursal: Servicios y Consultores Empresariales, S.L.P.

- Dirección postal: Avda. Cerdanya, número 35, Bloque B, piso 1.º, 1.ª, de la población de Alp (Girona) 17538.

- Dirección electrónica: comunicaciones@farresmaristany.com

Regimen de las facultades del concursado: La concursada mercantil tiene Suspendidas las facultades de administración y disposición sobre su patrimonio y Cesados sus administradores, quedando sustituidos éstos por la Administración concursal.

Llamamiento a los acreedores: Los acreedores de la concursada deberán poner en conocimiento de la administración concursal a través de su dirección postal o electrónica antes señaladas la existencia de sus créditos desde el día siguiente de la fecha del auto de declaración del concurso hasta un máximo de un mes posterior a la fecha de la publicación en el BOE.

Personación en las actuaciones: Los acreedores pueden personarse mediante Abogado y Procurador. La personación se deberá realizar ante el Juzgado Mercantil número 1 de Girona (Avd. Ramón Folch, núm. 4-6 de Girona).

Asimismo, se hace saber que en el Auto de declaración de concurso, se ha acordado la inmediata Apertura de la Fase de Liquidación, ordenándose la disolución de la sociedad mercantil y el cese de los administradores de la concursada, quedando sustituidos éstos por la Administración concursal.

Girona, 13 de noviembre de 2013.- Secretario Judicial.

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