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Edicto.
Doña Pilar Solanot García, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Mercantil número 2 de Alicante,
Por el presente hago saber: Que en el procedimiento Concurso Abreviado 313/2010-D, sobre declaración de concurso de la mercantil EUROSCHOOL, SOCIEDAD COOPERATIVA, con domicilio en y CIF F-73232456, se ha dictado Auto de fecha 11/3/2014 que contiene, entre otros, los siguientes pronunciamientos:
1. Acuerdo:
1. Concluir el presente procedimiento concursal por estar en el supuesto de insuficiencia de bienes y derechos para atender los créditos contra la masa.
2. Cesar las limitaciones de las facultades de administración y disposición del deudor subsistente, salvo las que estén contenidas en la sentencia firme de calificación.
3. Dar curso a la extinción de la entidad y el cierre de su hoja de inscripción en los registros públicos que corresponda, a cuyo efecto expídanse los correspondientes mandamientos, firme la resolución, adjuntándose a los mismos testimonio de la presente resolución.
4. Aprobar la rendición de cuentas de la Administración concursal.
5. Se autoriza a los administradores concursales para que puedan intervenir en los procedimientos judiciales que estén pendientes de resolución.
6. La presente resolución se notificarà mediante comunicación personal que acredite su recibo o por los medios a que se refiere el primer párrafo del articulo 23.1 de esta Ley y se dará a la misma la publicidad prevista en el articulo 24.
Modo de impugnación: No cabe recurso alguno.
Y para que sirva de publicación en el BOE, expido el presente.
Alicante, 28 de abril de 2014.- La Secretaria Judicial.
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