Edicto.
El Juzgado de lo Mercantil de Córdoba, anuncia:
Que en el procedimiento concursal número concurso abreviado 228/2012 referente al concursado Dulcema, S.A., con CIF A14058770, por auto de fecha 11 de abril de 2014, ha acordado lo siguiente:
Primero.- Dejar sin efecto la fase de convenio acordada por Auto de 5 de julio de 2013, por no haberse, por no concurrir el quorum necesario conforme al artículo 116.4 de la LC.
Segundo.- Abrir, de oficio, la fase de liquidación, conforme a lo ordenado en los artículos 114.3 y 143.1 de la LC.
Tercero.- Se ha declarado disuelta la entidad Dulcema, S.A., cesando en su función sus administradores, que serán sustituidos por la Administración concursal.
Cuarto.- Decretar el vencimiento anticipado de los créditos concursales aplazados y la conversión en dinero de aquellos que consistan en otras prestaciones.
Quinto.- Expedir los mandamientos correspondientes al Registro Mercantil de Córdoba, para la anotación, en la inscripción correspondiente a la concursada, de la apertura de la fase de liquidación del concurso, del acuerdo de disolución de la sociedad concursada, del cese de sus administradores y su sustitución por los administradores concursales, de las limitaciones de las facultades de administración y disposición de la misma y de la formación de la sección de calificación.
Córdoba, 11 de abril de 2014.- La Secretaria Judicial.
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