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Documento BOE-B-2014-17072

PAMPLONA

Publicado en:
«BOE» núm. 117, de 14 de mayo de 2014, páginas 22609 a 22609 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2014-17072

TEXTO

El Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Pamplona/Iruña anuncia

Que en el concurso ordinario número 1/2014, NIG 3120147120130000657 referente al concursado Sanzol Grupo Empresarial, S.L., por auto de fecha 3 de abril de 2014 se ha acordado lo siguiente:

1.- Abrir la fase de liquidación del presente concurso

2.- Fórmese la Sección 5ª de este procedimiento concursal, que comprenderá lo relativo a la liquidación y se encabezará con testimonio de esta resolución, cuyo original se unirá a la sección 1.ª

3.- Queda en suspenso durante la fase de liquidación las facultades de administración y disposición del concursado sobre su patrimonio con todos los efectos establecidos en el Título III de la LC.

4.- Declarar la disolución de la entidad Sanzol Grupo Empresarial, S.L., y el cese de los administradores sociales, que serán sustituídos por el administrador concursal.

5.- Declarar vencidos los créditos concursales aplazados y la conversión en dinero de los que consistan en otras prestaciones.

6.- Anunciar por edictos la apertura de la fase de liquidación, que se fijarán en el BOE de forma gratuíta, en el Registro Público Concursal, y tablón de anuncios de la oficina judicial (artículos 23.1 y 144 de la LC).

7.- Expídase mandamiento al Registro Mercantil de Navarra, comprensivo de los datos de identificación y parte dispositiva de esta resolución a fin de que se proceda a la insciripción de lo acordado, de conformidad con lo establecido en los artículos 24 y 144 de la LC.

8.- Que en el plazo de quince días, computado desde la notificación de esta resolución, la dministración concursal presentará un plan para la realización de los bienes y derechos integrados en la masa activa del concursado conforme a lo dispuesto en los artículos 148 LC.

Pamplona/Iruña, 3 de abril de 2014.- La Secretaria Judicial.

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