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Documento BOE-B-2014-17119

Resolución de 7 de abril de 2014, de la Dirección General de la Industria Alimentaria, por la que se da publicidad a la solicitud de modificación de la Denominación de Origen Protegida (DOP) "Cava".

Publicado en:
«BOE» núm. 117, de 14 de mayo de 2014, páginas 22680 a 22681 (2 págs.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente
Referencia:
BOE-B-2014-17119

TEXTO

Con fecha 10 de mayo de 2013 tuvo entrada en esta Dirección General la propuesta del Consejo Regulador de la Denominación de Origen Protegida (DOP) "Cava" solicitando la modificación del pliego de condiciones.

Dicha propuesta fue remitida el 29 de mayo de 2013 a las CCAA territorialmente afectadas por la DOP, Cataluña, Aragón, Navarra, País Vasco, La Rioja, Extremadura y Valencia, para que emitieran informe según lo establecido en el artículo 8.2 del Real Decreto 1335/2011, de 3 de octubre, por el que se regula el procedimiento para la tramitación de las solicitudes de inscripción de las denominaciones de origen protegidas y de las indicaciones geográficas protegidas en el registro comunitario y la oposición a ellas.

Se recibieron los informes a la propuesta por parte de la Comunidad Foral de Navarra y del País Vasco, con fechas de entrada en el Ministerio de 18 de junio y de 21 de junio de 2013, respectivamente. Estos informes expresaron opinión favorable a la propuesta, sin formular observación alguna.

Reunida la Mesa de coordinación de la calidad diferenciada, con fecha 26 de julio de 2013, por medios electrónicos sin sesión presencial, con la participación de las autoridades competentes del Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente, de la Comunidad Autónoma de Cataluña, de la Comunidad Autónoma de Aragón, de la Comunidad Foral de Navarra, de la Comunidad Autónoma del País Vasco, de la Comunidad Autónoma de La Rioja, de la Comunidad Autónoma de Extremadura y de la Comunidad Autónoma Valenciana, ha acordado informar favorablemente la continuación del procedimiento de tramitación de la solicitud de modificación del pliego de condiciones de la DOP "Cava".

En consecuencia, de acuerdo con las facultades que el artículo 8.3 del Real Decreto 149/2014, de 7 de marzo, por el que se modifica el Real Decreto 1335/2011, de 3 de octubre, por el que se regula el procedimiento para la tramitación de las solicitudes de inscripción de las denominaciones de origen protegidas y de las indicaciones geográficas protegidas en el registro comunitario y la oposición a ellas, atribuye a esta Dirección General,

resuelvo continuar el procedimiento de tramitación de la solicitud de modificación del pliego de condiciones de la DOP "Cava", que se adjunta a la presente resolución y, de acuerdo con lo previsto en los artículos 8.6 y 10 del citado Real Decreto, ordenar la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» del acto administrativo sobre la solicitud de modificación del pliego de condiciones de la Denominación de Origen Protegida (DOP) "Cava", incluyendo la dirección de la página web oficial donde se encentran el propio pliego de condiciones y el documento único del producto, estableciéndose un plazo de dos meses a partir del día siguiente al de la publicación que se ordena, para que cualquier persona física o jurídica que esté establecida o resida legalmente en España, cuyos legítimos derechos o intereses considere afectados, pueda oponerse al registro pretendido, mediante la correspondiente declaración de oposición, debidamente motivada, dirigida al órgano competente del Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente.

La dirección de la página web del Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente en que se encuentran publicados el pliego de condiciones de la DOP "Cava" y el documento único del producto es:

http://www.magrama.gob.es/es/alimentacion/temas/calidad-agroalimentaria/calidad-diferenciada/dop/htm/reglamentacion.aspx

Contra la presente Resolución, que no pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer recurso de alzada en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del Estado, ante la Secretaria General de Agricultura y Alimentación, de conformidad con lo prevenido en el artículo 114 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de la Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Madrid, 7 de abril de 2014.- El Director General de la Industria Alimentaria, Fernando J. Burgaz Moreno.

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