Edicto
El Juzgado de lo Mercantil n.º 6 de Madrid, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal (LC), anuncia:
1º.- Que en el procedimiento número 311/2014, por auto de fecha 30 de abril de 2014 se ha declarado en concurso voluntario a la mercantil GERAR MOTOR, S.A., con C.I.F. A78308947, y domicilio social en calle Pintor Velázquez, n.º 3, Alcobendas (Madrid).
2º.- Que la mercantil GERAR MOTOR, S.A., conserva las facultades de administración y de disposición de su patrimonio.
3º.- Se acuerda simultáneamente la conclusión del concurso por la causa 3.ª del apartado 1.º del artículo 176 bis LC.
4º.- Se acuerda el cese de todas las limitaciones de las facultades de administración y disposición del deudor que pudieran derivarse de la presente declaración de concurso; sin que haya lugar al cese de administrador concursal al no haber sido designado.
5º.- Declarar la subsistencia de la responsabilidad de la concursada respecto al pago de los créditos restantes; pudiendo los acreedores iniciar acciones declarativas y ejecuciones singulares, en tanto no se acuerde la reapertura del concurso o no se declare nuevo concurso.
6º.- Se acuerda la extinción de la personalidad jurídica de la sociedad concursada.
Madrid, 6 de mayo de 2014.- El Secretario Judicial.
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