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Documento BOE-B-2014-17633

BARCELONA

Publicado en:
«BOE» núm. 122, de 20 de mayo de 2014, páginas 23394 a 23395 (2 págs.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2014-17633

TEXTO

Edicto.

Don Rafael Huerta Garcia, Secretario Judicial del Juzgado de lo Mercantil nº. 7 de los de Barcelona y Provincia,

Hago saber: Que en dicho Juzgado se tramita el Concurso 740/2013-c y 741/2013-c en el que se ha dictado con fecha 9-04-2014, Auto declarando el fin de la fase común, y apertura de la fase de convenio, del tenor literal siguiente:

"Juzgado Mercantil 7 Barcelona 7. Gran Via Corts Catalanes 111. 08014 Barcelona.

Procedimiento: Concurso 740/2013 C y 741/2013-C.

Parte actora: María Purificación Diego Blanco y Herencia yacente de José Manuel Tejado Silvo.

Procurador: Alfredo Martínez Sánchez.

Auto.

En Barcelona a cinco de mayo de dos mil catorce. Magistrado-Juez D. Raúl Nicolás García Orejudo.

Antecedentes de Hecho:

Primero.- Con fecha 9 de abril de 2014, se declaró finalizada la fase común y se abrió la fase de convenio convocando junta de acreedores para el día 28-05-2014, a las 12,00 horas y dando traslado al Administrador Concursal para su evaluación por 10 días, dándosele la correspondiente publicidad.

Segundo.- Por el Procurador de la concursada D. Alfredo Martínez Sánchez se ha presentado escrito de fecha 30-04-2014, solicitando la liquidación de la herencia yacente de D. José Manuel Tejado Silvo y de D.ª María Purificación Diego Blanco y escrito de la Administradora Concursal solicitando la suspensión del plazo sobre informar sobre el convenio propuesto a la vista de la solicitud de liquidación propuesta.

Razonamientos Jurídicos:

Único.- El artículo 142 de la Ley Concursal prevé que el deudor, la Administración Concursal o un acreedor podrán pedir la liquidación en cualquier momento, debiendo el Juez dentro de los diez días siguientes dictar auto abriendo la fase de liquidación.

Parte dispositiva:

Acuerdo:

1) Abrir la fase de liquidación.

2) El cese del Administrador de la sociedad concursada.

3) La disolución de la sociedad concursada.

4) Conferir a la Administración Concursada el plazo de quince días previsto en el artículo 148 L.C. para la presentación del Plan de Liquidación.

5) Se suspende la Junta de acreedores señalada para el día 28-05-2014 a las 12,00 horas, anúnciese por edictos que se fijara en el tablón de anuncios de este Juzgado, y por el B.O.E., notificando la presente resolución a la concursada, a la Administración concursal y a todas las partes personadas.

6) Se suspende el plazo de 10 días dado a la Administración Concursal para evaluación del convenio.

7) Librar mandamiento al Registro Mercantil para la inscripción de esta resolución en todos sus extremos (liquidación, disolución social y cese de administrador), una vez firme la presente resolución.

8) Líbrese testimonio de la presente resolución a la Unidad de Apoyo Concursal a los efectos oportunos.

Contra la presente resolución cabe interponer recurso de apelación.

Lo acuerda y firma D. Raúl N. García Orejudo, Magistrado-Juez del Juzgado Mercantil n.º 7 de Barcelona."

Barcelona, 5 de mayo de 2014.- El Secretario Judicial.

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