Edicto.
Doña María Asunción González Elías, Secretaria Judicial del Juzgado de Primera Instancia n.º 6 y de lo Mercantil de La Rioja, anuncia:
Que en el procedimiento concursal número 607/2013 referente a la entidad Arrendadora Logroñesa de Bienes Inmuebles, S.L.U., y Gestora de Patrimonio Inmobiliario y Financiero, S.L.U., por Auto de fecha 28 de mayo de 2014 se ha acordado lo siguiente:
1.- Abrir la fase de liquidación del concurso a petición del deudor, la cual se evacuó dentro de los términos procesales a que alude el art. 142.1. de la Ley Concursal, formándose la sección quinta del concurso.
2.- La suspensión de las facultades de administración y disposición de las entidades concursas sobre su patrimonio.
3.- La disolución de las entidades concursadas, cesando en su función sus administradores, que serán sustituidos por la Administración Concursal.
4.- En el plazo de diez días computados desde la notificación del auto antedicho la administración concursal presentará un plan para la realización de los bienes y derechos integrados en la masa activa del concursado, conforme el art. 148 de la L.C.
5.- El vencimiento anticipado de los créditos concursales aplazados y la conversión en dinero de aquellos que consistan en otras prestaciones.
Este edicto se publicará en el BOE y en el tablón de anuncios de este Juzgado.
Logroño, 28 de mayo de 2014.- La Secretario Judicial.
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