Para los interesados que sean desconocidos o de los que se ignore el lugar de notificación, o bien intentada la notificación no se hubiese podido practicar, de acuerdo con lo establecido en el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se procede a notificar la parte dispositiva de la Orden Ministerial especificada:
"I) Estimar parcialmente el requerimiento previo interpuesto por el Ayuntamiento de Vegadeo contra la O.M. de 10-12-2012, relativa al deslinde de los bienes de dominio público marítimo-terrestre del tramo de unos tres mil ochocientos setenta y tres (3.873) metros de la ría del Eo, comprendido entre el límite con el t.m. de Castropol, en la margen derecha del río Suarón y el puente de Porto, en la margen izquierda del río Monjardín (en su desembocadura en la ría del Eo), hasta el límite donde se hace sensible el efecto de las mareas en los ríos Suarón y Monjardín, excepto el tramo comprendido entre los puentes de la CN-640 sobre la margen izquierda de los ríos Suarón y Monjardín, en el término municipal de Vegadeo (Asturias).
II) Prestar conformidad a los planos, hojas nº 1 y 2, a escala 1/1.000, fechados el 3 de octubre de 2013, en los que se ha eliminado la servidumbre de protección aproximadamente entre los vértices 79 a 91, 97 a 100, 106 a 112, 113 a 116, 120 a 123, 128 a 130 y 131 a 132".
Madrid, 27 de mayo de 2014.- El Coordinador de Área, José Ramón Martínez Cordero.
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