Doña Pilar Solanot García, Secretaria del Juzgado de lo Mercantil número 2 de Alicante,
Hago saber: Que en el Juzgado de lo Mercantil 2 de Alicante se siguen los autos de concurso abreviado 000889/2012-D, de la mercantil Moda Elda, S.L., en cuyo seno, con fecha veinte de febrero de dos mil catorce, se ha dictado auto cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:
Uno.- Se acuerda poner fin a la fase común.
Dos.- Se decreta la apertura de la fase de liquidación.
Tres.- Se decreta la suspensión de las facultades de administración y disposición del deudor sobre su patrimonio, con todos los efectos previstos en el Titulo III de la Ley Concursal.
Cuatro.- Se declara la disolución de la mercantil, así como, en todo caso, el cese de los administradores o liquidadores, que serán sustituidos por la administración concursal.
Cinco.- Preséntese por la Administración Concursal en el plazo de diez días siguientes a la notificación, el plan de liquidación previsto en el artículo 148 LC.
Seis.- Se declara el vencimiento anticipado de los créditos concursales aplazados y la conversión en dinero de aquellos que consistan en otras prestaciones.
Siete.- Notifíquese la presente resolución al concursado y a todas las partes personadas en el procedimiento, procediéndose a la publicación de edicto de forma urgente en el Boletín Oficial del Estado y en el tablón de anuncios de este Jugado por plazo de diez días.
Líbrese mandamiento al Registro Mercantil para que practique las inscripciones correspondientes respecto dela disolución de la concursada y las facultades de la administración concursal.
Así por este Auto, lo pronuncia, manda y firma el don Salvador Calero García, Magistrado-Juez de lo Mercantil 2 de Alicante. Doy fe.
Alicante, 11 de abril de 2014.- La Secretaria judicial.
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