Edicto
El Juzgado de lo Mercantil de Almería, anuncia:
1. Que en el procedimiento concursal número 60/12, referente al concursado DANAGRANADA, S.L., se ha puesto de manifiesto en la Secretaría del Juzgado el plan de liquidación de los bienes y derechos del concursado, elaborado por la Administración concursal.
2. Por auto de fecha 05/03/2014 no se ha aprobado el plan de liquidación, y en su sustitución, la liquidación seguirá las reglas supletorias de los arts.149 y ss. Caso de subasta de bienes inmuebles ejecutados, los acreedores hipotecarios no tendrán obligación de consignar precio alguno para concurrir a las subastas. Cada tres meses la Administración concursal presentará al Juez del concurso un informe sobre el estado de las operaciones.
3. En dicha resolución se ha acordado proceder a la formación de la sección sexta de la calificación del concurso, y dentro de los diez días siguientes a la última publicación cualquier acreedor o persona que acredite interés legitimo podrá personarse y ser parte en la sección, alegando por escrito cuanto considere relevante para la calificación del concurso como culpable.
Almería, 19 de marzo de 2014.- El/La Secretario judicial.
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