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Documento BOE-B-2014-21845

BADAJOZ

Publicado en:
«BOE» núm. 147, de 18 de junio de 2014, páginas 29234 a 29234 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2014-21845

TEXTO

Doña Lucía Peces Gómez, Secretaria Judicial de Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Badajoz, por el presente,

Hago saber:

1º. Que en los autos seguidos en este órgano judicial con el n.º 0000248 /2014 y se ha dictado en fecha 4-6-14, AUTO DE DECLARACIÓN DE CONCURSO VOLUNTARIO ABREVIADO del deudor A&B SAN ROQUE, S.L., con CIF B-06279525, cuyo centro de intereses principales lo tiene en la calle Galache Hoyuelos n.º 7 de Badajoz.

2º Se ha acordado la suspensión de las facultades de administración y disposición que ejercerá la administración concursal. Se ha designado, como administración concursal a CONCURSAL LEGAL Y CONTABLE SL, con domicilio postal en Calle Doctor Antonio Sánchez Sánchez, 4 3.º A de Badajoz y dirección electrónica señalada concursosanroque@clegalc.es para que los acreedores, a su elección, efectúen la comunicación de créditos.

No se admitirán bajo ninguna circunstancia insinuaciones de crédito dirigidas a este Juzgado, ya que las mismas deben dirigirse directamente a la administración concursal. En el caso de existir personaciones en los escritos de insinuación de crédito tampoco serán tenidas en cuenta, debiéndose realizar la personación en escrito exclusivo para tal fin.

3º. Igualmente se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen a la Administración Concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 85 de la L.C., a la dirección postal o electrónica indicadas en el punto anterior, en el plazo de a partir de la última fecha de publicación de este edicto en el "Boletín Oficial del Estado".

4º. Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (art. 184.3 L.C.), sin perjuicio de lo establecido para la representación y defensa de los trabajadores en la Ley de Procedimiento Laboral

5º. Como consecuencia de la apertura de la fase de liquidación se declara disuelta la Mercantil A&B SAN ROQUE SL, se dará traslado a todos los acreedores del Plan de Liquidación a disposición en la Secretaria de este Juzgado y que fue presentado por la concursada para que puedan realizar sus alegaciones por plazo de diez días, de conformidad con lo establecido en el art. 191 ter de la Ley Concursal.

Badajoz, 4 de junio de 2014.- La Secretaria Judicial.

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