En el BOE, de 21 de mayo de 2010 se hizo pública la Resolución de la Dirección General de Carreteras, de fecha 10 de mayo de 2010, que aprobó provisionalmente, como proyecto de trazado, el proyecto "Ampliación de capacidad de la autopista AP-9. Tramo: Santiago Norte-Santiago Sur", junto con la relación de bienes o derechos de necesaria ocupación, y acordó someter esta relación al trámite de información pública en cumplimiento y a los efectos establecidos tanto en la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, como en los artículos 17, 18 y 19.1 de la Ley de Expropiación Forzosa, así como también someter igualmente a información pública el referido proyecto en cumplimiento de cuanto establece el artículo 10 de la Ley 25/1988, de 29 de julio, de Carreteras.
Con fecha 25 de noviembre de 2010 el Ministerio de Fomento resolvió aprobar el expediente de información pública del proyecto "Ampliación de capacidad de la autopista AP-9. Tramo: Santiago Norte-Santiago Sur", resolución que fue publicada en el B.O.E., de 30 de diciembre de 2010.
Por Real Decreto 1.733/2011, de 18 de noviembre, publicado en el B.O.E., el día 24 del mismo mes, se aprobó el convenio entre la Administración General del Estado y Autopistas del Atlántico, Concesionaria Española, Sociedad Anónima por el que se modifican determinados términos de la concesión para la construcción, conservación y explotación de la Autopista del Atlántico (AP-9), para la ampliación de la capacidad de diversos tramos de dicha autopista, entre los que se encuentra la obra de ampliación definida en el proyecto antes mencionado.
Por Resolución del Secretario de Estado de Planificación e Infraestructuras, por delegación, por OO.MM. de 27/10/1994 (BOE 01/11/1994) y 30/05/1996 (BOE 01/06/1996) de fecha 30 de noviembre de 2011 se aprueba definitivamente como Proyecto de Trazado y Proyecto de Construcción y por resolución complementaria de 12 de mayo de 2014 se ordena a esta Demarcación la incoación del expediente de expropiación forzosa de los bienes y derechos afectados por las obras de ejecución del proyecto aprobado.
Es de aplicación el artículo 8, puntos 1 y 2, de la Ley 25/1988, de 29 de julio, de Carreteras, redactado por el artículo 77 de la Ley 24/2001, de 27 de diciembre, a cuyo tenor la aprobación de los proyectos de carreteras estatales implicará la declaración de utilidad pública y la necesidad de urgente ocupación de los bienes y adquisición de derechos correspondientes, a los fines de expropiación, de ocupación temporal o de imposición o modificación de servidumbres; y también los artículos 16 y 17 de la Ley 8/1972, de 10 de mayo, de construcción, conservación y explotación de Autopistas en régimen de concesión que reconocen iguales efectos de declaración de utilidad pública y de necesidad de ocupación implícitos en el Decreto de adjudicación y en los proyectos de trazado aprobados por el Ministerio de Fomento, reputando como urgente a los efectos establecidos en el artículo 52 de la Ley de Expropiación Forzosa la ocupación de los bienes afectados. La tramitación del correspondiente expediente expropiatorio se ha de ajustar, por tanto, al procedimiento de urgencia previsto en los artículos 52 de la vigente Ley de Expropiación Forzosa, de 16 de diciembre de 1954 y concordantes de su Reglamento de 26 de abril de 1957, procedimiento en el que la sociedad concesionaria asumirá los derechos y obligaciones del beneficiario y, en consecuencia, satisfará las indemnizaciones de toda índole que procedan por razón de las expropiaciones y ocupaciones temporales necesarias para la ejecución del proyecto, no obstante incorporarse los bienes y derechos expropiados que queden afectos a la concesión al dominio público del Estado desde su ocupación y pago.
En consecuencia, esta Demarcación, haciendo uso de las facultades que le otorga el artículo 98 de la Ley de Expropiación Forzosa y atendiendo a lo señalado en las reglas segunda y tercera de su artículo 52, ha resuelto convocar a los propietarios que figuran en la relación que estará expuesta en los tablones de anuncios del Ayuntamiento de Santiago de Compostela, así como en el de esta Demarcación de Carreteras (C/ Antonio Machado, n.° 45, 15071 A Coruña), para que asistan al levantamiento de las Actas Previas a la Ocupación en el lugar, día y hora que a continuación se indican:
Término Municipal: Santiago de Compostela.
Lugar: Casa das Asociacións (antigua estación de Cornes), sita en la Rúa Manuel Beiras, n.º 3
DIA |
FINCAS |
HORA |
10 de julio de 2.014 |
2 al 23 |
10:00 a 14:00 horas |
11 de julio de 2.014 |
24 al 50 |
09:00 a 14:00 horas |
14 de julio de 2.014 |
51 al 78 |
09:00 a 14:00 horas |
15 de julio de 2.014 |
79 al 115 |
09:00 a 14:00 horas |
16 de julio de 2.014 |
116 al 150 |
09:00 a 14:00 horas |
17 de julio de 2.014 |
151 al 192 |
09:00 a 14:00 horas |
18 de julio de 2.014 |
195 al 262 |
09:00 a 14:00 horas |
21 de julio de 2.014 |
265 al 318 |
09:00 a 14:00 horas |
22 de julio de 2.014 |
319 al 362 |
09:00 a 14:00 horas |
23 de julio de 2.014 |
362 al 404 |
09:00 a 14:00 horas |
24 de julio de 2.014 |
405 al 443 |
09:00 a 14:00 horas |
28 de julio de 2.014 |
445 al 488 |
09:00 a 14:00 horas |
29 de julio de 2.014 |
492 al 526 |
09:00 a 14:00 horas |
30 de julio de 2.014 |
527 al 555 |
09:00 a 14:00 horas |
31 de julio de 2.014 |
555 al final |
09:00 a 13:00 horas |
Además de los medios antes citados, se dará cuenta del señalamiento a los interesados, mediante citación individual y a través de la inserción del correspondiente anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia de A Coruña, en dos diarios de la Provincia y en el Boletín Oficial del Estado.
Esta última publicación, a tenor de lo dispuesto en el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, servirá como notificación a los posibles interesados no identificados, a los titulares de bienes y derechos afectados que sean desconocidos y a aquellos de los que se ignore su paradero.
A dicho acto deberán comparecer los titulares de bienes y derechos que se afectan, personalmente o representados por persona debidamente autorizada, aportando los documentos acreditativos de su titularidad y el último recibo del Impuesto sobre Bienes Inmuebles, pudiendo hacerse acompañar, a su costa, de peritos y Notario.
Se entenderán las diligencias con el Ministerio Fiscal cuando, efectuada la publicación, no comparecieren en el expediente los propietarios o titulares, estuvieren incapacitados y sin persona que les represente o fuere la propiedad litigiosa.
Es de señalar que esta publicación se realiza, además, a los efectos de información pública contemplados en los artículos 17.2, 18 y 19.2 de la Ley de Expropiación Forzosa para que en el plazo de quince días (que, conforme establece el artículo 56.2 del Reglamento de Expropiación Forzosa podrá prorrogarse hasta el momento en que se proceda al levantamiento de las citadas actas previas a la ocupación), los interesados puedan formular, por escrito, ante esta Demarcación de Carreteras, alegaciones a los solos efectos de subsanar posibles errores que se hayan producido al relacionar los bienes afectados por la urgente ocupación.
Los planos parcelarios y la relación de interesados y de bienes afectados podrán ser consultados en las dependencias antes citadas y en el Ayuntamiento de Santiago de Compostela, en días hábiles y horas de oficina.
A Coruña, 6 de junio de 2014.- El Ingeniero Jefe de la Demarcación de Carreteras del Estado en Galicia, Ángel González del Río.
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