No habiendo sido posible hacer efectiva, por el conducto ordinario, la notificación al interesado del Acuerdo de Inicio dictado en el procedimiento administrativo tendente a la reasignación/modificación de derechos de pago único de la Reserva Nacional, con número 9530/13, y para dar cumplimiento a lo dispuesto en el art. 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, el Secretario general, en virtud de lo dispuesto en la letra a) del artículo 4.3 del Estatuto del Fondo Español de Garantía Agraria (FEGA), aprobado por Real Decreto 1441/2001, de 21 de diciembre, hace saber:
1.º Por el Presidente del Fondo Español de Garantía Agraria se ha dictado resolución por la que se acuerda el Inicio de procedimiento administrativo tendente a la reasignación/modificación, de los derechos de pago único de la Reserva Nacional a don David Casillas Sunyer, de acuerdo con los argumentos contenidos en dicha Resolución.
2.º De las actuaciones obrantes en el expediente, consta acreditado el envío de la citada Resolución a don David Casillas Sunyer, al domicilio que consta en las actuaciones, resultando, sin embargo, infructuosa su entrega, por estar "ausente" el destinatario, en todas (4 ocasiones) en las que se intentó la notificación, según consta en los resguardos de aviso de recibo devueltos por el Servicio de Correos.
3.º De conformidad con la previsión establecida en el artículo 61 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, con el fin de salvaguardar los derechos e intereses legítimos del interesado en el procedimiento, no se procede a la publicación de la Resolución en su totalidad, si bien podrá dirigirse al Fondo Español de Garantía Agraria (FEGA), C/ José Abascal, n.º 4, 28071 de Madrid, para obtener copia íntegra de la referida Resolución.
Madrid, 16 de junio de 2014.- La Secretaria general. Fdo.: Asunción López Rodríguez.
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