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Documento BOE-B-2014-22885

BARCELONA

Publicado en:
«BOE» núm. 155, de 26 de junio de 2014, páginas 30622 a 30622 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2014-22885

TEXTO

Doña María Aránzazu Alameda López, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Mercantil número 3 de Barcelona,

Hago saber:

Que en dicho Juzgado se tramita el proceso concursal 388/2014, en el que se ha dictado auto declarando en estado de concurso a la entidad Inversions Immobiliaries O.R. Orbis, S.L., y ordenando darle publicidad con los siguientes datos:

Número de asunto. Concurso voluntario 388/2014, Sección C5.

NIG del procedimiento. 08019 47 1 2014 8003092.

Entidad concursada. Inversions Immobiliaries O.R. Orbis, S.L., con CIF n.º B-64340516, y domicilio en Pol. Font de les Graus, 12-14, 08720 Vilafranca del Penedés (Barcelona).

Tipo de concurso. Voluntario.

Fecha del Auto de declaración. 22 de mayo de 2014.

Administradores concursal. Don Borja Pardo Ibáñez (Auna Soluciones Concursales), con correo electrónico info@ aunasc. com. Don/dña., domicilio C. Muntaner, 340, 2.º, 2.ª, 08021 Barcelona (Barcelona), número de teléfono 935 31 16 16 y número de fax 935 31 16 18.

Facultades del concursado. El deudor ha sido intervenido en sus facultades de administración y disposición sobre su patrimonio.

Forma de personación. Los acreedores pueden personarse en el proceso por medio de Abogado y Procurador.

Llamamiento a los acreedores y comunicación de créditos conforme al art. 85 L.C. Los acreedores de la concursada deberán ponerlos en conocimiento de la Administración concursal, en el domicilio designado al efecto o remitirtos a dicho domicilio. También podrá efectuarse la comunicación por medios electrónicos. La comunicación expresará el nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, su concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimiento características y calificación que se pretenda. Si se invocare un privilegio especial se indicarán además los bienes o derechos a que afecte y, en su caso, los datos registrales. Se acompañará copia en forma electrónica en caso de que se haya optado por esa forma de comunicación, del título o documentos relativos al crédito.

El plazo será de un mes a contar desde la última de las publicaciones.

Examen de los autos. Los acreedores no personados pueden acudir personalmente a esta Secretaría Judicial y solicitar el examen de aquellos documentos o informes en que consten sus respectivos créditos, o bien hacerlo por medio de abogado o procurador que autoricen al efecto, sin necesidad de personarse.

Barcelona, 28 de mayo de 2014.- La Secretaria Judicial.

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