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Documento BOE-B-2014-23375

BILBAO

Publicado en:
«BOE» núm. 158, de 30 de junio de 2014, páginas 31291 a 31292 (2 págs.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2014-23375

TEXTO

Edicto

Juzgado de lo Mercantil número 2 de Bilbao.

Concurso Abreviado 664/2013.

Deudor: Margolin, S.L.

Abogado: Salvarrey Gómez Alfredo.

Procurador: Javier Ortega Azpitarte

Sobre: Concurso voluntario.

En el referido procedimiento concursal se ha dictado el 10 de junio de 2014 auto de apertura de la fase de liquidación, en la que la parte dispositiva es la siguiente:

Parte dispositiva:

1.º Se declara finalizada la fase común del presente procedimiento concursal del deudor Margolin, S.L.

2.º Se abre la fase de liquidación, formándose la sección quinta que se encabezará con el testimonio de esta resolución.

3.º Durante la fase de liquidación quedarán en suspenso las facultades de administración y disposición del concursado sobre su patrimonio con todos los efectos establecidos en el Título III de la LC.

4.º Se ha declarado disuelta la entidad Margolin, S.L., cesando en su función sus Administradores sociales, que serán sustituidos por la Administración concursal.

5.º Anúnciese por edictos la apertura de la fase de liquidación, que se fijarán en el tablón de anuncios del Juzgado, se publicarán en el Boletín Oficial del Estado y en el Registro Público Concursal.

La publicación en el Boletín Oficial del Estado tendrá carácter gratuito por insuficiencia de bienes y derechos del concursado/de la masa activa.

Inscríbase, asimismo, en los Registros correspondientes la apertura de la fase de liquidación, librándose los oportunos mandamientos en este caso, al Registro Mercantil de Bizkaia y al Registro de la Propiedad número 2 de los de Bilbao donde se hayan inscritos los siguientes bienes propiedad de la concursada:

- Finca número 46.103, local inscrito al tomo 1.525, libro 1.471, folio 44.

- Finca número 27.462, piso inscrito al tomo 1.499, libro 1.445, folio 108.

6.º En el plazo de quince días computados desde la notificación de esta resolución, la Administración concursal presentará un plan para la realización de los bienes y derechos integrados en la masa activa del concursado conforme a lo dispuesto en el artículo 148 de la L.C.

7.º Una vez se aprueba el plan de liquidación fórmese la sección sexta de calificación del concurso, que se encabezará con testimonio de esta resolución y del auto de declaración del concurso (artículo 163.1.2.º de la LC). Hágase constar en el edicto que dentro de los diez días siguientes a la última publicación del mismo, cualquier acreedor o persona que acredite interés legítimo, podrá personarse y ser parte en dicha sección, alegando por escrito cuanto considere relevante para la calificación del concurso como culpable.

En resolución separada de esta fecha, se resuelve sobre la retribución de los Administradores por la fase común y se fija la correspondiente a la fase de liquidación.

Bilbao, 11 de junio de 2014.- El Secretario Judicial.

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