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Documento BOE-B-2014-23776

BARCELONA

Publicado en:
«BOE» núm. 161, de 3 de julio de 2014, páginas 31878 a 31878 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2014-23776

TEXTO

Don/Doña Luis Miguel Gonzalo Capellín, Secretario Judicial del Juzgado Mercantil número 1 de Barcelona,

Hace saber: Que en los autos con N.I.G. 08019 - 47 - 1- 2014 - 8000583 y n.º 152/2014H, se ha declarado el concurso voluntario de fecha 4/4/14 de la mercantil Baibars, S.L. con C.I.F. n.º A-60242757 y domicilio en Gran Via de les Corts Catalanes, 774, piso sobre ático, en el que se ha decretado la intervención de las facultades de administración y disposición, que se tramitará por los cauces del procedimiento abreviado.

El administrador concursal es D./D.ª Irene Pedreño Vargas, con domicilio en c/ Provenza, 238, 2-1. 08008 Barcelona y correo electrónico irene@pedreno.es

Conforme a lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Concursal los acreedores de la concursada deberán poner sus créditos en conocimiento de la administración concursal en el domicilio sito en c/ Provenza, 238, 2-1. 08008 Barcelona, o remitirse a dicho domicilio.

También podrá efectuarse la comunicación por medios electrónicos.

La comunicación deberá efectuarse en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente de la publicación en el BOE y expresará el nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, su concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimiento, características y calificación que se pretenda. Si se invocare un privilegio especial se indicará además, los bienes o derecho a que afecte y, en su caso los datos registrales. También se señalará un domicilio o una dirección electrónica para que la administración concursal practique cuantas comunicades resulten necesarias o convenientes. Se acompañará copia en forma electrónica,en caso de que se haya optado por esta forma de comunicación, del título o documentos relativos al crédito.

Los acreedores tienen derecho a comparecer y personarse en las actuaciones, designando Abogado y Procurador que les defienda y representen, salvo que pretendan exclusivamente comunicar sus créditos o asistir a Juntas.

Asimismo, se ha acordado la disolución de la sociedad y el cese de sus administradores, así como la apertura de la fase de liquidación.

Barcelona, 16 de junio de 2014.- El Secretario Judicial.

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