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Documento BOE-B-2014-23811

MADRID

Publicado en:
«BOE» núm. 161, de 3 de julio de 2014, páginas 31914 a 31914 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2014-23811

TEXTO

Doña Esther Sáez-Benito Jiménez, Secretaria judicial del Juzgado de lo Mercantil n.º 12 de Madrid, por la presente hago saber que en el procedimiento Concurso Voluntario Abreviado 506/2013, siendo la concursada la mercantil INDUSTRIA Y DISEÑO EN MADERA INDIS WOOD, S.L., en fecha 13.6.2014, se ha dictado Auto de fin de fase común y apertura de liquidación cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:

1. Se declara finalizada la fase común del presente procedimiento concursal del deudor, "INDUSTRIA Y DISEÑO EN MADERA INDIS WOOD, S.L."

2. Se abre la fase de liquidación, formándose la sección quinta que se encabezará con testimonio de esta resolución.

3. Durante la fase de liquidación quedarán en suspenso las facultades de administración y disposición del concursado sobre su patrimonio con todos los efectos establecidos en el Título III de la LC.

4. Se declara disuelta la entidad "INDUSTRIA Y DISEÑO EN MADERA INDIS WOOD, S.L.", cesando en su función sus Administradores, que serán sustituidos por la Administración concursal.

5. Se declaran vencidos los créditos concursales aplazados y, en su caso, la conversión en dinero de los que consistan en otras prestaciones.

6. Anúnciese por edictos la apertura de la fase de liquidación, que se publicarán en el BOE y se fijarán en el tablón de anuncios del Juzgado.

Inscríbase, asimismo, en los Registros en los que se hizo la inscripción de declaración de concurso, la apertura de la fase de liquidación, librándose los oportunos mandamientos.

7. En el plazo de quince días computados desde la notificación de esta resolución, la Administración concursal presentará un plan para la realización de los bienes y derechos integrados en la masa activa del concursado conforme a lo dispuesto en el artículo 148.1 de la LC.

Madrid, 17 de junio de 2014.- La Secretaria judicial.

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