Edicto
Don José Luis Gutiérrez Martín, Secretario/a Judicial del Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Pontevedra, por el presente, hago saber:
1.º Que los autos seguidos en este órgano judicial con el n.º Sección I, Declaración Concurso 186/2013-D, y NIG n.º 36038 47 1 2013 0000281, se ha dictado en fecha 26.06.14 Auto de Conclusión del deudor OFIGAL, S.L., cuya parte dispositiva dice:
"1.- Se decreta la conclusión, por finalización de la fase de liquidación, del presente concurso de acreedores de OFIGAL, S.L., con CIF B-36.109.429, con domicilio en Rebullón, 50, Puxeiros, Mos, con los efectos legales inherentes.
2.- Cesan las limitaciones de las facultades de administración y disposición del deudor.
3.- Se aprueba la rendición de cuentas formulada por la administración concursal y el cese de los administradores concursales.
4.- Se acuerda la extinción de la sociedad OFIGAL, S.L., y la cancelación de su inscripción en el Registro Mercantil y los demás registros correspondientes, a cuyo efecto se expedirá mandamiento conteniendo testimonio de la resolución firme."
Pontevedra, 26 de junio de 2014.- Secretario Judicial.
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