De acuerdo con lo que dispone el artículo 3 del Real Decreto 1798/2010, de 30 de diciembre, por el que se regula la explotación y comercialización de aguas minerales naturales y aguas de manantial envasadas para consumo humano, se publica la Resolución de fecha 5 de mayo de 2014 dictada por el Director general de Energía, Minas y Seguridad Industrial, mediante la cual se autoriza el aprovechamiento y un perímetro de protección para el agua mineral natural "Fontcristall".
La mencionada Resolución, en la parte dispositiva que hace referencia al aprovechamiento y perímetro de protección, establece lo siguiente:
"Primero.- Autorizar a la sociedad FONTAGA, S.A., el aprovechamiento del agua mineral natural Fontcristall, ubicada en el término municipal de Ribes de Freser, determinada por las siguientes coordenadas UTM-ED 50 (Huso 31):
X: 430.893; Y: 4.680.599
Segundo.- Otorgar un perímetro de protección definido por las siguientes coordenadas UTM del sector 31T:
VÉRTICE |
X |
Y |
1 |
430.767 |
4.680.253 |
2 |
433.557 |
4.680.513 |
3 |
434.852 |
4.681.543 |
4 |
434.352 |
4.682.073 |
5 |
433.352 |
4.681.813 |
6 |
432.877 |
4.681.178 |
7 |
430.858 |
4.680.827 |
Tercero.- Autorizar a la sociedad Fontaga, S.A., el aprovechamiento de 1,9 l/seg (60.000 m³/año) del agua mineral natural "Fontcristall".
Contra esta resolución, que no agota la vía administrativa, se puede interponer recurso de alzada ante el Secretario de Empresa y Competitividad, en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente de la notificación de esta resolución, sin perjuicio que se pueda ejercer cualquier otro que se considere oportuno."
Barcelona, 6 de junio de 2014.- El Subdirector general de Minas y Protección Radiológica, E.F., Eduard Vall i Rosselló.
Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado
Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid