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Documento BOE-B-2014-26298

LAS PALMAS DE GRAN CANARIA

Publicado en:
«BOE» núm. 177, de 22 de julio de 2014, páginas 35308 a 35308 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2014-26298

TEXTO

Edicto

Doña ÁGUEDA REYES ALMEIDA, Secretaria judicial del Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Las Palmas de Gran Canaria,

Por el presente, se hace saber: Que en el procedimiento concursal 272/2014, seguido a instancias del Procurador don Gerardo Pérez Almeida, en nombre y representación de DUNAS HOTELS AND RESORTS, S.L., se ha dictado Auto el día 2 de julio de 2014, en cuya parte dispositiva constan, entre otros, los siguientes extremos:

Se declara el concurso de Dunas Hotels & Resorts, S.L., con CIF n.º B76167865, y domicilio en calle Francisco Gourie, n.º 107, 5.ª planta, Edificio Dunas Triana, CP 35002, Las Palmas de G.C. (Las Palmas); el que se tramitará por el procedimiento ordinario y carácter de voluntario.

Conforme prevé el artículo 23 de la Ley concursal el presente edicto se insertará en el Registro Público concursal y, en tanto se produce la reglamentación de dicho órgano, se publicará en el Boletín Oficial del Estado y Tablón de anuncios del Juzgado.

Se designa como Administrador del concurso al economista don JUAN CARLOS SANTOS BARJA, con DNI 05374587Q, el cual ha designado como domicilio postal calle Sagasta, n.º 27, 3.º Izquierda, 28004 Madrid, teléfono 914480011, fax 914469346, correo electrónico: admonconcursaldunas@ecometra.com

En cuanto a los efectos sobre las facultades de administración y disposición del deudor respecto a su patrimonio, se acuerda la intervención.

Llámese a los acreedores para que pongan en conocimiento de la Administración Concursal la existencia de sus créditos en el plazo de un mes a contar desde el siguiente a la publicación en el "Boletín Oficial del Estado" del Auto de declaración de concurso, conforme a lo previsto en el artículo 23 de la Ley 22/2003, de 9 de julio, Concursal en el domicilio designado por la Administración Concursal y en la forma prevista en el artículo 85 de la mentada Ley.

Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (art. 184.3 LC).

Don ALBERTO LÓPEZ VILLARRUBIA, Magistrado Juez; doña ÁGUEDA REYES ALMEIDA, Secretaria Judicial. Firmados y rubricados.

Y para que sirva de publicación a los efectos acordados en el Auto dictado, así como de notificación a los acreedores y al deudor en el caso de que éste no hubiere comparecido, de conformidad a lo establecido en el artículo 21.5 y 23 de la Ley Concursal, se expide el presente edicto.

Las Palmas de Gran Canaria, 8 de julio de 2014.- La Secretaria judicial.

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