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Documento BOE-B-2014-26329

OVIEDO

Publicado en:
«BOE» núm. 177, de 22 de julio de 2014, páginas 35339 a 35339 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2014-26329

TEXTO

Doña María Amor Rodríguez Díaz, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Mercantil número 1 de Oviedo, por el presente,

Hago saber:

1.- Que en los autos seguidos en este Juzgado con el número 3/14 (N.I.G. 33044 47 1 2014 0000008), se ha dictado en fecha 5 de junio de 2014 Auto Declarando en Concurso Voluntario y Abreviado al deudor Luis Miguel Suárez Sánchez, con Documento Nacional de Identidad 09394999M, con domicilio sito en Oviedo.

2.- Se ha nombrado como Administrador Concursal a don Enrique Valdés Escalona, quién ha designado al objeto de que los acreedores efectúen la comunicación de créditos prevista en el artículo 85 de la Ley Concursal y cualquier otro acto de comunicación con la Administración Concursal, el siguiente domicilio postal: calle Asturias, 1, 2.º A, código Postal 33004, Oviedo y la siguiente dirección electrónica: aconsursalsuarezsanchezlm@valdesyescalona.com, pudiendo dirigir los acreedores concursales sus comunicaciones de créditos y cualquier otra comunicación, a uno u otro, a su elección, pero no presentarlas en el Juzgado, que podrá no tener por bien hecha la comunicación del crédito, con las consecuencias que de ello pueda derivarse en la clasificación del crédito comunicado.

El horario de atención al público facilitado por la Administración Concursal es: de 10:00 a 14:00 y de 17:00 a 20:00 horas de lunes a jueves, los viernes de 10:00 a 14:00 horas.

Los acreedores deberán comunicar sus créditos a la Administración Concursal en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente a la publicación de este edicto en el Boletín Oficial del Estado, y dicha comunicación deberá efectuarse cumpliendo los requisitos previstos en el artículo 85 de la Ley Concursal.

3.- Se ha acordado la intervención de las facultades de administración y disposición del deudor por la Administración Concursal designada, mediante autorización o conformidad.

Oviedo, 7 de julio de 2014.- La Secretaria Judicial.

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