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Documento BOE-B-2014-26335

PONTEVEDRA

Publicado en:
«BOE» núm. 177, de 22 de julio de 2014, páginas 35346 a 35346 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2014-26335

TEXTO

Edicto.

Doña María Luisa Sánchez Garrido, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Mercantil n.º 3 de Pontevedra con Sede en Vigo,

Hago saber: Que en la Sección I Declaración Concurso 288/2014, seguida en este Juzgado, se ha dictado con fecha 9 de Julio de 2014 Auto acordando lo siguiente:

1º.- Declarar el concurso Voluntario abreviado de la entidad deudora Congrevigo, S.L., con C.I.F.: número B-99.282.766 con domicilio en Vigo, Avda. Beiramar, núm. 59 C.P. 36202.

2º.- Abrir la fase de liquidación del concurso a petición de la entidad deudora.

3º.- Se ha declarado disuelta la entidad Congrevigo, S.L., con C.I.F. número B-99.282.766, acordando el cese de los administradores y la suspensión de las facultades de administración y disposición de la concursada sobre su patrimonio, siendo sustituida por la Administración concursal.

4º.- El Administrador concursal designado es el economista don Juan José Santamaría Conde, con D.N.I. 35.972.473-J y con domicilio profesional a efecto de notificaciones en Vigo calle Rosalia de Castro, número 38, 2.º A, Vigo C.P. 36201, y con correo electrónico: jjsanta@mundo-r.com

5º.- Igualmente se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen a la Administración Concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en el articulo 85 de la Ley Concusal.

Dicha comunicación deberá dirigirse a la Administración concursal, en su domicilio o dirección electrónica, en el plazo de un mes a partir de la última fecha de publicación de este edicto en el Boletín Oficial del Estado, por escrito firmado por el acreedor, por cualquier otro interesado en el crédito o por quien acredite representación suficiente de ellos y que expresará nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, su concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimiento, características y calificación que se pretenda, indicando, si se invocare un privilegio especial, los bienes o derechos a que afecte y, en su caso, los datos registrales. También se señalará un domicilio o una dirección electrónica para que la administración concursal practique cuantas comunicaciones resulten necesarias o convenientes, acompañándose copias del titulo o de los documentos relativos al crédito.

6º.- Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de procurador/a y asistidos de Letratado/a (artículo 184.3 de la Ley Concursal).

Vigo, 9 de julio de 2014.- La Secretaria Judicial.

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