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Edicto
Francisco Velasco García-Plata, Secretario Judicial del Juzgado Mercantil 5 Barcelona, hace saber:
Que en los autos de Concurso voluntario 755/2012, seguidos en este Juzgado a instancia de Yonet, S.L., ha recaído la siguiente resolución, cuyo fallo es del tenor siguiente:
Juzgado Mercantil n.º 5 de Barcelona. Gran Via de les Corts Catalanes, nº 111.
Procedimiento: Concurso Voluntario nº 755/12 (sección 6.ª)
Concursada: Yonet, S.L.
Administración concursal: Jausas Legal
Sentencia n.º 118/14.
Magistrado: D. Florencio Molina López. Lugar: Barcelona. Fecha: 4 de julio de 2014.
Acuerdo: Aprobar la propuesta de convenio presentada por la concursada Yonet, S.L., cuyo contenido se da por reproducido, cesando todos los efectos de la declaración del concurso, sin perjuicio de los deberes generales que para el deudor establece el artículo 42, que subsistirán hasta la conclusión del procedimiento.
Cese en su cargo la administración concursal, sin perjuicio de lo previsto en el capítulo II del título VI; requiérasele para que rinda cuentas de su actuación dentro del plazo de veinte días a contar desde el siguiente a su notificación de esta resolución.
Notifíquese esta resolución a la concursada, a la administración concursal y a todas las partes personadas en el procedimiento. Publíquese mediante anuncios que se fijarán en los estrados de este Juzgado.
Líbrese atento mandamiento dirigido al Registro Mercantil a los efectos oportunos (art. 24.2 LC).
Contra esta sentencia cabe interponer recurso de apelación en el plazo de veinte días ante este Juzgado del que conocerá la Ilma. Audiencia Provincial de Barcelona. Para la admisión a trámite de la interposición del citado recurso, será precisa la consignación de un depósito previo de 50 euros en la cuenta de consignaciones y depósitos de este juzgado.
Insértese testimonio de esta sentencia en los autos principales y llévese el original al Libro de Sentencias correspondiente.
Así por esta mi sentencia, definitivamente juzgado en primera instancia, la pronuncio, mando y firmo.
Publicación.- La sentencia que antecede ha sido firmada y publicada por el Magistrado-Juez que la suscribe, de lo que doy fe.
Y para que sirva de notificación en forma, expido y firmo la presente.
Barcelona, 7 de julio de 2014.- El Secretario Judicial.
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