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Edicto
El Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Málaga en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal, anuncia:
1.º Que en el procedimiento número 566/14, por auto de fecha 17 de junio de 2014 se ha declarado en concurso voluntario al deudor doña María Del Pilar Blanco Jiménez, con NIF 30394102Q, domicilio en Málaga y cuyo centro de principales intereses lo tiene en Málaga.
2.º Que el deudor conserva las facultades de administración y de disposición de su patrimonio, pero sometidas éstas a la intervención de la administración concursal.
3.º Que la administración concursal la integra D./D.ª África Gotor Sanjaume, provisto de DNI 77586132W; español, mayor de edad, con vecindad civil común, domicilio calle Comedias, n.º 9, 6.º 3, y dirección postal 29008, vecino de Málaga, Tfno.: 954296617. Profesión: Letrada y con dirección de correo electrónico pilarblanco@caballeroabogados.es que designa a los efectos de comunicación de créditos.
4.º Que los acreedores del concursado deben poner en conocimiento de la administración concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el artículo 85 de la LC. La comunicación se formulará por escrito firmado por el acreedor, por cualquier otro interesado en el crédito o por quien acredite representación suficiente de ellos, y se dirigirá a la administración concursal. La comunicación podrá presentarse en el domicilio designado al efecto el cual deberá estar en la localidad en la que tenga su sede el Juzgado, o remitirse a dicho domicilio, sin que quepa su presentación directa ante el Juzgado. También podrá efectuarse la comunicación por medios electrónicos.
El plazo para esta comunicación es el de un mes a computar de fecha a fecha y entendiendo como día final si fuera inhábil o no existiera día equivalente, el siguiente hábil al mismo a contar de la última publicación de los anuncios que se ha ordenado publicar en el Boletín Oficial del Estado.
5.º Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artículo 184.3 LC). Se hace saber a los interesados que de conformidad a los artículos 184 y 185 de la LC deberán personarse en la sección primera.
6.º Que se designa la página web https://www.publicidadconcursal.es/ a los efectos de publicidad registral en el Registro Público Concursal.
Málaga, 3 de julio de 2014.- El Secretario judicial.
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