Ante el desconocimiento de los interesados en este procedimiento, procede acudir al medio de notificación previsto en el artículo 59.5 en relación con la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999 de 13 de enero.
La Directora de la Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios acuerda iniciar el procedimiento de retirada del mercado y prohibición de la comercialización del producto Epistabol, y adoptar, de acuerdo con el artículo 72.1 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, como medidas cautelares la prohibición de comercialización y la retirada del mercado del producto Epistabol. El texto completo del Acuerdo de Iniciación del procedimiento de retirada del mercado y prohibición de comercialización de medicamentos ilegales y adopción de medidas cautelares puede consultarse en el Departamento de Inspección y Control de Medicamentos, Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios, calle Campezo, 1, edificio 8, 28022 Madrid. Teléfono: +34 91 822 52 01. Fax: +34 91 822 52 43. Correo electrónico: sgicm@aemps.es.
Madrid, 17 de enero de 2014.- Francisco Javier Muñoz Aizpuru, Secretario general de la Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios.
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