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Documento BOE-B-2014-26885

BARCELONA

Publicado en:
«BOE» núm. 181, de 26 de julio de 2014, páginas 36085 a 36085 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2014-26885

TEXTO

Edicto dando publicidad a la declaración de concurso

Francisco Velasco García- Plata, Secretario del Juzgado Mercantil número 5 de Barcelona, dicto el presente edicto:

Juzgado.- mercantil número 5 de Barcelona, Gran Vía de les Corts Catalanes, número 111, Edificio C, 12.ª planta.

Número de asunto.- concurso voluntario 477/2014 7.ª

Tipo de concurso.- Voluntario.

Entidad instante del concurso y NIF.- HIPERLAVADO TARRASA, S.A. NIF A- 08673782.

Fecha del auto de declaración. - 11/06/2014.

Administradores concursales.- De Pascual & Marzo Abogados, con domiciliada en Barcelona, C/ Muntaner, 240 ppal. 1ª, número teléfono 93.240.40.11 con correo electrónico concursohiperlavadotarrasa@dpmabogados.es

Forma de personación: Los acreedores pueden personarse en el proceso por medio de abogado y procurado.

Llamamiento a los acreedores.- Los acreedores de la concursada deberán poner en conocimiento de la administración concursal en el domicilio designado al efecto o remitirse a dicho domicilio. También podrá efectuarse la comunicación por medio electrónicos. La comunicación expresará el nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, su concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimientos, características y calificación que se pretenda. Si se invocare un privilegio especial se indicarán además, los bienes o derechos a que afecte y, en su caso los datos registrales. También se señalará un domicilio o una dirección electrónica para que la administración concursal practique cuantas comunicaciones resulten necesarias y convenientes. Se acompañará copia en forma electrónica en caso de que se haya optado por esa forma de comunicación, del título o documentos relativos al crédito.

El plazo será de un mes a contar desde la última de las publicaciones.

Examen de los autos: los acreedores no personados pueden acudir personalmente a este juzgado y solicitar el examen de aquellos documentos o informes que consten sobre sus respectivos créditos o hacerlo por medio de abogado o procurador que autoricen al efecto sin necesidad de personarse.

Barcelona, 2 de julio de 2014.- El Secretario judicial.

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