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Documento BOE-B-2014-27129

ALICANTE

Publicado en:
«BOE» núm. 182, de 28 de julio de 2014, páginas 36411 a 36411 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2014-27129

TEXTO

Dña. Pilar Solanot Garcia, secretaria del Juzgado de lo Mercantil número 2 de Alicante, hago saber: Que en el Juzgado de lo Mercantil 2 de Alicante se siguen los autos de Concurso ABREVIADO – 000806/2012-K. de la mercantil Darhim, S.L., en cuyo seno, con fecha ocho de julio de dos mil catorce, se ha dictado Auto cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:

1. Se suspende la Junta de acreedores que está señalada para el día 9 de julio de 2014, a las 09h30 horas.

2. Se decreta la apertura de la fase de liquidacion.

3. Se decreta la suspension de las facultades de administración y disposición del deudor sobre su patrimonio, con todos los efectos previstos en el Título III de la Ley concursal.

4. Se declara la disolución de la mercantil, así como en todo caso el cese de los administradores o liquidadores, que serán sustituidos por la administración concursal

5. Preséntese por el Administrador concursal en el plazo de quince dias siguientes a la notificación, el plan de liquidación previsto en el art. 148 LC.

6. Se declara el vencimiento anticipado de los créditos concursales aplazados y la conversión en dinero de aquéllos que consistan en otras prestaciones.

7. Procédase a la formación de la Sección Sexta, de calificación del concurso, con testimonio de la presente y demás particulares previstos en el Art. 167 LC.

Dentro de los diez días siguientes a la última de las publicaciones del presente Auto, cualquier acreedor o persona con interés legitimo podrá personarse en la Sección Sexta alegando por escrito cuanto considera relevante para la calificación del concurso como culpable. (Art. 168 LC). Comuníquese a la administración concursal la fecha de expiración del plazo de personación de interesados para, vencida, proceda a evacuar el informe prevenido en el art. 169 LC.

8. Notifíquese la presente resolución al concursado y a todas las partes personadas en el procedimiento, procediéndose a la publicación de edicto de forma urgente en el Boletín Oficial del Estado y en el tablón de anuncios de este juzgado por el plazo de diez dias.

Líbrese mandamiento al Registro Mercantil para que practique las inscripciones correspondientes respecto de la disolución de la concursada y de las facultades de la administración concursal".

Así por este Auto, lo pronuncia, manda y firma el D. Salvador Calero García, Magistrado-Juez de lo Mercantil 2 de Alicante. Doy fe"

Alicante, 8 de julio de 2014.- La Secretaria Judicial.

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