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Documento BOE-B-2014-27558

VALENCIA

Publicado en:
«BOE» núm. 184, de 30 de julio de 2014, páginas 37012 a 37012 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2014-27558

TEXTO

Don Jorge Victor Iglesias de Baya, Secretario Judicial del Juzgado de lo Mercantil num. 2 de Valencia, de conformidad con lo previsto en los artículos 21 y 23 de la Ley Concursal, por el presente doy la publicidad ordenada al auto de declaración de concurso dictado en este Juzgado,

Hago saber:

Que en este Juzgado se tramitan autos de concurso abreviado voluntario n.° 000677/2014, habiéndose dictado en fecha trece de junio de dos mil catorce por el llmo/a. Sr/a. Magistrado-Juez auto de declaración de concurso de acreedores de GIMBIKE, S.L., CÉSAR MARTÍNEZ GIMÉNEZ y SARA SÁNCHEZ BORRAS con domicilio en Polígono Fuente del Jarro c/ Ciudad de Lliria n.° 1 bajo. Paterna, calle Castillo n.° 8 Paterna., y calle Castillo n.° 8 Paterna., y cif n°B97303812, 22491061M y 73724493V, inscrita en el Registro Mercantil de esta Provincia, inscrita al Registro Mercantil de Valencia, al tomo 7408, libro '4709, sección 8a, página 180, hoja v-88290 inscripción B97303812, que se ha acordado la intervencion de las funciones de disposición y administración de la/s concursada/s, que quedarán sometidas a la autorización o conformidad de la Administración Concursal designada. Se ha nombrado Administrador concursal a D./Da Abecon Soluciones Concursales con domicilio en la Calle Escultor Antonio Sacramento n.° 17, esc izg planta 7 pta 24.Valencia, y correo electrónico concursogimbike@abecon.es. Y de conformidad con lo ordenado, se expide el presente edicto para general llamamiento de los acreedores del concursado a fin de que en el plazo de un mes desde la publicación acordada en el "BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO" puedan comunicar sus créditos a los efectos de su inclusión en la lista de acreedores y ulterior reconocimiento y clasificación en los términos indicados en el artículo 85 de la Ley Concursal. Así mismo se hace saber que para personarse en debida forma en el procedimiento concursal será necesario Abogado y Procurador.

Valencia, 13 de junio de 2014.- El Secretario Judicial.

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