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Documento BOE-B-2014-28911

Anuncio de la Dirección General de Sostenibilidad de la Costa y del Mar del Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente de notificación de la O.M. de 30 de julio de 2014, relativa al deslinde del tramo de costa comprendido desde el límite con el t.m. de Valdés hasta la playa de Navia, en el t.m. de Navia (Asturias), aprobado por O.M. de 26 de abril de 2000. Ref. DL-64-ASTURIAS.

Publicado en:
«BOE» núm. 191, de 7 de agosto de 2014, páginas 38876 a 38876 (1 pág.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente
Referencia:
BOE-B-2014-28911

TEXTO

Para los interesados que sean desconocidos o de los que se ignore el lugar de notificación, o bien intentada la notificación no se hubiese podido practicar, de acuerdo con lo establecido en el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se procede a notificar la parte dispositiva de la Orden Ministerial especificada:

"Aprobar la modificación de la servidumbre de protección, en el tramo comprendido aproximadamente entre los vértices 391 y 400, del deslinde de los bienes de dominio público marítimo-terrestre del tramo comprendido desde el límite con el t.m. de Valdés, hasta la playa de Navia, en el t.m. de Navia (Asturias), aprobado por O.M. de 26 de abril de 2000, según se define en el plano n.º T-5, a escala 1/1.000, fechado el 7 de abril de 2014.

Contra la presente resolución que pone fin a la vía administrativa los interesados en el expediente que no sean Administraciones Publicas podrán interponer con carácter potestativo recurso de reposición en el plazo de un (1) mes ante la Ministra de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente o, directamente, recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos (2) meses, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional.

Las Administraciones Públicas podrán interponer recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos (2) meses, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional, sin perjuicio de poder efectuar el requerimiento previo en la forma y plazo determinados en el artículo 44 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Los plazos serán contados desde el día siguiente a la práctica de la notificación de la presente resolución."

Madrid, 31 de julio de 2014.- El Coordinador de Área, José Ramón Martínez Cordero.

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