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Documento BOE-B-2014-29825

GRANADA

Publicado en:
«BOE» núm. 200, de 18 de agosto de 2014, páginas 40171 a 40171 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2014-29825

TEXTO

Edicto

El Juzgado de lo Mercantil de Granada, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal, anuncia:

1.º Que en el procedimiento concursal abreviado voluntario número 949/2014, con NIG - 1808742M20140001053, referente al deudor INTELLIGENIA DYNAMICS, S.L., CIF n.º B-18949008, y domicilio en C/ Balcón de Granada, n.º 38, 18220 Albolote (Granada) se ha dictado Auto de declaración de concurso y la conclusión del mismo por insuficiencia de la masa activa en fecha 25 de junio de 2014 con la siguiente parte dispositiva:

2.º Se declara la competencia territorial de este Juzgado, por aplicación del apartado 1 del art. 10 LC, para conocer de la declaración y trámite del concurso solicitado por el/la Procuradora D. JUAN JESÚS RUIZ SÁNCHEZ, en nombre y representación del deudor, INTELLIGENIA DYNAMICS, S.L. Incoándose el procedimiento de que es objeto, se tendrá por parte a dicha Procurador en la referida representación que acredita, entendiéndose con ella las sucesivas notificaciones y diligencias en la forma establecida en la ley.

3.º Se declara en concurso voluntario a INTELLIGENIA DYNAMICS, S.L., que tendrá el carácter de Concurso Voluntario.

4.º Se acuerda la conclusión del presente concurso por insuficiencia de masa activa, al apreciarse de manera evidente por los motivos expuestos en el Fundamento de Derecho cuarto que el patrimonio del concursado no será presumiblemente suficiente para la satisfacción de los previsibles créditos contra la masa del procedimiento, sin que sea previsible el ejercicio de acciones de reintegración, de impugnación ni de responsabilidad de terceros.

5.º Publíquese la presente resolución en la forma prevista por los arts. 23.1 y 24 de la LC.

6.º Se acuerda la extinción de INTELLIGENIA DYNAMICS, S.L.

7.º Se acuerda librar mandamiento al Registro Mercantil conteniendo testimonio de la presente resolución, firme que sea la misma, al objeto de la inscripción de la cancelación de la sociedad INTELLIGENIA DYNAMICS, S.L. 

Granada, 29 de julio de 2014.- La Secretaria judicial.

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