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Documento BOE-B-2014-30104

OVIEDO

Publicado en:
«BOE» núm. 203, de 21 de agosto de 2014, páginas 40596 a 40596 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2014-30104

TEXTO

Don Miguel Ángel Grima Grima, Secretario Judicial en sustitución del Juzgado de lo Mercantil número 1 de Oviedo, por el presente, hago saber:

1.º Que en los autos seguidos en este Juzgado con el número 54/14 (NIG 33044 47 1 2014 0000101), el señor Magistrado don Alfonso Muñoz Paredes ha dictado en fecha 31 de julio de 2014 Auto, que no es firme, declarando en concurso necesario ordinario al deudor Hervar Calderería, S.L., (CIF B-74178534), con domicilio sito en calle La Estación, s/n, nave 1, 33930 Barros-Langreo.

2.º Se ha nombrado como Administrador concursal a Fomento de Alternativas Concursales, S.L.P., quien ha designado al objeto de que los acreedores efectúen la comunicación de créditos prevista en el artículo 85 de la Ley Concursal y cualquier otro acto de comunicación con la Administración Concursal, el siguiente domicilio postal: Calle Marqués de Pidal, número 17, 1.º C, de Oviedo, así como la siguiente dirección electrónica: fpal@gabineteeconomicoastur.com, pudiendo dirigir los acreedores concursales sus comunicaciones de créditos y cualquier otra comunicación, a uno u otro, a su elección, pero no presentarlas en el Juzgado, que podrá no tener por bien hecha la comunicación del crédito, con las consecuencias que de ello pueden derivarse en la clasificación del crédito comunicado.

El horario de atención al público facilitado por la Administración Concursal es: de 09:00 horas a 14:00 horas, de lunes a viernes.

Los acreedores deberán comunicar sus créditos a la Administración Concursal en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente a la publicación de este edicto en el BOE, y dicha comunicación deberá efectuarse cumpliendo los requisitos previstos en el artículo 85 de la Ley Concursal.

3.º Se ha acordado la suspensión de las facultades de administración y disposición del deudor.

Oviedo, 5 de agosto de 2014.- El/la Secretario/a Judicial.

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