Está Vd. en

Documento BOE-B-2014-3037

PALENCIA

Publicado en:
«BOE» núm. 26, de 30 de enero de 2014, páginas 3861 a 3862 (2 págs.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN
Referencia:
BOE-B-2014-3037

TEXTO

D. FRANCISCO JAVIER TEJEDOR MUÑOZ, Secretario del Juzgado Mercantil de Palencia, anuncia:

Que en el procedimiento concursal voluntario abreviado al n.º 370/12, referente al concursado VERÓNICA FERNÁNDEZ SÁNCHEZ Y FRANCISCO JAVIER ÁLVAREZ MOTA, se ha procedido en el día de hoy, mediante Decreto, a abrir la fase de liquidación, siendo su parte dispositiva del tenor literal siguiente:

...."Parte dispositiva

Acuerdo:

1.-Declarar finalizada la fase común del presente procedimiento concursal del deudor.

2.- Abrir la fase de liquidación, formándose la sección quinta que se encabezará con testimonio de esta resolución.

3.- La situación del concursado durante la fase de liquidación será la de suspensión del ejercicio de las facultades de administración y disposición sobre su patrimonio, con todos los efectos establecidos para ella en el título III de la Ley.

4.- Se declara disuelta la sociedad concursada, cesando en su función sus administradores, que serán sustituidos por la administración concursal, sin perjuicio de continuar aquéllos en la representación de la concursada en el procedimiento y en los incidentes en los que sea parte.

5.- Además de los efectos establecidos en el Capítulo II del Título III de la Ley Concursal, la presente resolución producirá el vencimiento anticipado de los créditos concursales aplazados y la conversión en dinero de aquellos que consistan en otras prestaciones (146 LC).

6.- Dese a la presente resolución la publicidad prevista en los artículos 23 y 24 LC y a tal efecto: publíquese este Auto fijándose edicto en el tablón de anuncios de este Juzgado, y comuníquese al "Boletín Oficial del Estado" y al Registro Público Concursal.

7.- Requerir a la administración concursal para que en el plazo improrrogable de 10 días computados desde la notificación de esta resolución, presente un plan para la realización de los bienes y derechos integrados en la masa activa del concursado conforme a lo dispuesto en el artículo 148 de la LC.

Modo de impugnación: Contra la presente resolución cabe interponer recurso de revisión en el plazo de cinco días contados a partir del día siguiente de su notificación, mediante escrito en el que deberá citarse la infracción en que la resolución hubiera incurrido.

Dicho recurso carecerá de efectos suspensivos sin que, en ningún caso, proceda actuar en sentido contrario a lo que se hubiese resuelto (art. 454.bis L.E.C.).

Para la admisión del recurso se deberá acreditar haber constituido un depósito de 25 euros en la cuenta de depósitos y consignaciones de este órgano judicial, con el n.º \NEG de la entidad. Salvo que el recurrente sea: beneficiario de justicia gratuita, el Ministerio Fiscal, el Estado, Comunidad Autónoma, entidad local u organismo autónomo dependiente.

Así lo acuerdo y firmo. Doy fe.-El Secretario judicial."

Palencia, 27 de enero de 2014.- El Secretario judicial.

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid