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Documento BOE-B-2014-31593

BARCELONA

Publicado en:
«BOE» núm. 223, de 13 de septiembre de 2014, páginas 42800 a 42800 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2014-31593

TEXTO

Edicto

Don José Maria Valls Soriano, Secretario Judicial del Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de los de Barcelona y provincia,

Hago saber: Que en dicho Juzgado se tramita el proceso concursal 545/2014 en el que se ha dictado con fecha 4 de julio de 2014 auto declarando en estado de concurso a la entidad Eduardo Sebastián Borgogno Scassa, con NIE X5937169H, y mandando darle publicidad con los siguientes datos:

NIG del procedimiento: 08019-47-1-2014-8004477.

Tipo de concurso: Voluntario. Se ordena la intervención por la administración concursal de las facultades de administración y disposición de la entidad en concurso.

Concursada: Eduardo Sebastián Borgogno Scassa con domicilio en c/ Llull 300-354, esc. A, 11.º, 6,ª, 08019 Barcelona.

Administrador concursal: ARCO ABOGADOS Y ASESORES TRIBUTARIOS, S.L.P., con domicilio en paseo de Gracia, 122, 3.º, 1.ª, 08008. Tel. 93 4871020, fax 934871012 Barcelona, con correo electrónico roserrafols@arcoabogados.es.

Forma de personación: Los acreedores pueden personarse en el proceso por medio de Abogado y Procurador.

Llamamiento a los acreedores y comunicación de créditos conforme al art. 85 de la Ley concursal: Los acreedores de la concursada deberán poner ene conocimiento de la administración concursal en el domicilio designado al efecto o remitirse a dicho domicilio. También podrá efectuarse la comunicación por medios electrónicos. La comunicación expresará el nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, su concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimiento, características y calificación que se pretenda. Si se invocare un privilegio especial se indicarán además, los bienes o derechos a que afecte y, en su caso los datos registrales. También se señalará un domicilio o una dirección electrónica para que la administración concursal practique cuantas comunicaciones resulten necesarias o convenientes. Se acompañará una copia en forma electrónica en caso de que se haya optado por esa forma de comunicación, del título o documentos relativos al crédito. El plazo será de UN MES a contar desde la última de las publicaciones.

Examen de los autos: Los acreedores no personados pueden acudir personalmente a esa Secretaría Judicial y solicitar el examen de aquellos documentos o informes que consten sobre sus respectivos créditos o hacerlo por medio de abogado o procurador que autoricen al efecto sin necesidad de personarse.

Barcelona, 7 de julio de 2014.- El Secretario judicial, Fdo.: José María Valls Soriano.

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