Doña María Pilar Moreno Arenas, Secretaria judicial del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción n.º 4 y de lo Mercantil de Ciudad Real, anuncia:
Que el procedimiento concursal 149/10 referente a los concursados don Nicolás Romero Rodríguez, con DNI 51.918.006-Z, y doña Macarena de Alarcos Morales Arroyo, con DNI 52.134.027-L, por auto de fecha 09/11/14 se ha acordado lo siguiente:
1. Abrir la fase de liquidación del presente concurso.
2. Quedar en suspenso, durante la fase de liquidación, las facultades de administración y disposición del concursado sobre su patrimonio con todos los efectos establecidos en el Título III de la Ley Concursal.
3. Se declara extinguido el derecho de alimentos de los concursados con cargo a la masa activa, a salvo de las excepciones recogidas en el punto segundo del artículo 145 de la LC.
4. Declarar vencidos los créditos concursales aplazados y, en su caso, la conversión en dinero de los que consistan en otras prestaciones.
5. Requerir a la Administración concursal, para que en el plazo de quince días, computados desde la notificación de esta resolución, presente un plan para la realización de los bienes y derechos integrados en la masa activa del concursado conforme a lo dispuesto en el artículo 148 de la Ley Concursal.
Ciudad Real, 11 de septiembre de 2014.- La Secretaria judicial.
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