De conformidad con lo dispuesto en los artículos 59.5 y 61 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (B.O.E. 285, de noviembre de 1992), y para que sirva de notificación al interesado, ante el resultado negativo de los intentos en el domicilio señalado, se hace pública la notificación de la resolución dictada por la Sra. Directora General de Tráfico por la que se acuerda que no procede la nulidad de pleno derecho del permiso de conducción español obtenido por canje del permiso de conducción extranjero, a la persona que a continuación se relaciona.
Contra esta Resolución, que agota la vía administrativa, podrá interponer Recurso Contencioso-Administrativo ante los Juzgados Centrales de lo Contencioso-Administrativo con arreglo a lo dispuesto en el artículo 9.c de la Ley 29/1988, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa en el plazo de dos meses a contar desde la notificación de la presente resolución, de conformidad con lo previsto en el artículo 46.1 de ésta Ley.
NOMBRE Y APELLIDOS |
DNI |
ROMINA FINOCCHIARO |
X3936719Q |
Málaga, 21 de enero de 2014.- La Jefa Provincial de Tráfico de Málaga, Trinidad Hernández Méndez.
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