Edicto.
Doña Esther Sáez-Benito Jiménez, Secretaria del Juzgado de lo Mercantil n.º 12 de Madrid en el procedimiento concursal n.º 31/2010, referente al deudor Pig Genetics Technology, S.L., se ha dictado, con fecha 12.9.2014, auto de conclusión cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:
1.- Declarar la conclusión del presente concurso del deudor, Pig Genetics Technology, S.L., por fin de la fase de liquidación.
2.- El cese de las limitaciones de las facultades de administración y disposición del deudor subsistentes, salvo las que se contengan en la sentencia firme de calificación.
3.- Quedar el deudor responsable del pago de los créditos restantes. Los acreedores podrán iniciar ejecuciones singulares, en tanto no se acuerde la reapertura del concurso.
4.- Se acuerda la extinción de Pig Genetics Technology, S.L., y el cierre de su hoja de inscripción registral. Expídase por el Sr. Secretario mandamiento por duplicado al Registro Mercantil de Madrid, para que proceda a la inscripción de la conclusión del concurso, procediendo a su inserción en el portal de internet y al cierre de la hoja de inscripción de la concursada en el Registro.
5.- El cese en su cargo de la administración concursada en su día nombrada.
Dése cumplimiento a lo previsto en el Art. 181 de LC, para el supuesto de que no conste ya efectuado.
Dése cumplimiento al art. 177.3 LC; La resolución firme que acuerde la conclusión del concurso se notificará mediante comunicación personal que acredite su recibo o por los medios a que se refiere el primer párrafo del artículo 23.1 de esta Ley y se dará a la misma la publicidad prevista en el segundo párrafo de dicho precepto y en el artículo 24.
Notifíquese este Auto según lo dispuesto a las partes personadas, previniese de que contra el mismo no cabe recurso, de acuerdo a lo dispuesto en el art. 177.1 L.C.
Madrid, 12 de septiembre de 2014.- Secretaria Judicial.
Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado
Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid