El Consejo de Administración de la Autoridad Portuaria de Baleares, en sesión celebrada en fecha 29 de mayo de 2014, delegó en el Presidente de la Autoridad Portuaria de Baleares el ejercicio del otorgamiento de las sucesivas licencias de prestación del servicio al pasaje, que sean solicitadas y cumplan con los requisitos exigidos en el Pliego de Prescripciones Particulares del Servicio Portuario al Pasaje.
Por lo que en fecha 14 de agosto de 2014, se acordó otorgar la licencia nº 2, para la prestación del servicio portuario al pasaje en los tráficos en régimen de crucero en el puerto de Palma y para tráficos de pasaje en régimen de transporte y para tráficos de crucero en el puerto de Alcúdia a la empresa Intercruises, Shoreside & Port Services, S.L.U.
Lo que se publica para general conocimiento de conformidad con el artículo 115.3 del Real Decreto Legislativo 2/2011, de 5 de septiembre, de Puertos del Estado y de la Marina Mercante.
Dicho acuerdo se encuentra a disposición de los interesados en el Área de Gestión de la Autoridad Portuaria de Baleares.
Palma, 8 de septiembre de 2014.- El Presidente, Alberto Pons Fernández.
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