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Documento BOE-B-2014-335

GIJÓN

Publicado en:
«BOE» núm. 6, de 7 de enero de 2014, páginas 426 a 426 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2014-335

TEXTO

D. Miguel Ángel Álvarez Turanzas, Secretario Judicial del Juzgado de lo Mercantil nº3 de Gijón, en cumplimiento de lo dispuesto en el art. 23 de la Ley Concursal anuncia:

Que en el concurso voluntario abreviado número 304/12, seguido a instancias de Tascón Hermanos, S.A., CIF n.º A33626417, con domicilio en Avenida de la Costa, n.º 54, de Gijón, se ha dictado Sentencia en fecha once de octubre de dos mil trece aprobando la propuesta de convenio presentada por el concursado, en la que se acuerda:

1º.- Se aprueba, con los efectos previstos en la Ley, la propuesta de convenio presentada por el concursado Tascón Hermanos, S.A., que fue aceptada por la Junta de Acreedores celebrada el día dieciocho de septiembre de dos mil trece.

2º.- Se acuerda el cese de los efectos de la declaración del concurso sobre las facultades de administración y disposición del deudor, así como de los efectos que tal declaración produce en los contratos en los que es parte la entidad declarada en concurso y sobre los acreedores de la concursada, si bien respecto de estos últimos teniendo en cuenta la vinculación que sobre los mismos produce el convenio aprobado para aquellos a quienes legalmente afecte.

3º.- Se acuerda el cese de la Administración concursal en sus funciones de intervención de las facultades de administración y disposición de la entidad concursada, continuando en su cargo a los efectos previstos en el capítulo II del título VI.

4º.- Se concede a la Administración concursal el plazo de un mes a contar desde la notificación de esta resolución para que proceda a la rendición de cuentas de su gestión.

5º.- Requiérase a la entidad concursada, a fin de que, con periodicidad semestral, a partir de la fecha de esta resolución, informe a este Juzgado acerca del cumplimiento del convenio.

6º.- Se acuerda la formación de la sección sexta del concurso para la calificación del mismo.

7º.- Dentro de los diez días siguientes a la publicación de este edicto, que está previsto anunciarlo en BOE, y fijarlo en el tablón de anuncios de la oficina judicial, cualquier acreedor o persona que acredite interés legítimo, podrá personarse en dicha sección, alegando por escrito cuando considere relevante para la calificación del concurso como culpable.

Gijón, 29 de noviembre de 2013.- El Secretario Judicial.

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