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Documento BOE-B-2014-3383

LAS PALMAS DE GRAN CANARIA

Publicado en:
«BOE» núm. 28, de 1 de febrero de 2014, páginas 4275 a 4276 (2 págs.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2014-3383

TEXTO

Edicto

Doña MARÍA VICTORIA BASANTA EIRAS, Secretaria Judicial del Juzgado Mercantil n.º 1 de Las Palmas de G.C.

Por el presente, hago saber: Que en el procedimiento concursal ordinario voluntario n.º 8/2012, seguido a instancia de la procuradora Soledad Granda Calderín, en representación de Amado Cardenes, S.A., con CIF A35091487, y las concursadas en liquidación, Exclusivas Rearna, S.L., con CIF B35771724 y Canhosdi, S.L., con CIF B35907641; se ha dictado resolución, Auto de fecha 22 de enero de 2014, del tenor literal siguiente:

Auto.

Don Alberto López Villarrubia, Magistrado-Juez del Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Las Palmas de Gran Canaria a 22 de enero de 2013.

Dada cuenta;

Hechos.

Primero.- Que en los presentes autos de procedimiento concursal con número de registro 8/2012, a instancias o solicitud de "Amado Cardenes, S.A.", el concursado no ha solicitado la liquidación.

Segundo.- Que ha sido presentado propuesta anticipada de convenio que ha sido evaluada por la Administración concursal de forma favorable.

Fundamentos jurídicos.

Primero.- Conforme al artículo 104 de la Ley Concursal desde la solicitud del concurso voluntario o desde la declaración de concurso necesario y, en ambos casos, hasta la expiración del plazo de comunicación de créditos, el deudor que no hubiese pedido la liquidación y no se hallare afectado por alguna de las prohibiciones establecidas en el artículo siguiente podrá presentar ante el juez propuesta anticipada de convenio.

Segundo.- Que se convocará junta de acreedores de acuerdo con el artículo 23 de la Ley Concursal y en los términos establecidos en el artículo 109.

Vistas las anteriores normas y demás de general aplicación:

Dispongo:

Acuerdo por la presente resolución poner fin a la fase común de concurso, de AMADO CARDENES, S.A., y se decreta la apertura de la fase de convenio y la formación de la sección quinta del concurso, siendo aplicables las normas establecidas para la fase común del concurso en el título III de la Ley Concursal.

Se convoca junta de acreedores para el día 14 de marzo de 2014, a las 09:30 horas, que se anunciará en el Registro Público Concursal, en el Boletín Oficial del Estado al no hallarse regulado aquél y en el Tablón de Anuncios del Juzgado.

Estos anuncios contendrán los datos suficientes para identificar el proceso y las formas de personarse en él.

En las notificación de la convocatoria se expresará a los acreedores que podrán adherirse a la propuesta de convenio en los términos del artículo 115.3 de la Ley Concursal.

Notifíquese el presente auto al concursado, a la administración concursal y a todas las partes personadas, contra el que no cabrá recurso alguno, sin perjuicio de que puedan invocarse los motivos de impugnación en recurso de apelación contra la sentencia que resuelva sobre la aprobación de convenio.

Así lo acuerdo, mando y firmo. Doy fe.

El Magistrado-Juez.-La Secretaria Judicial.

Y para que sirva de publicación a los efectos acordados, así como de notificación a los acreedores y al deudor, en el caso de que éste no hubiere comparecido, de conformidad con lo establecido en el artículo 23.4 de la Ley Concursal, en su redacción dada por el Real Decreto-Ley 3/2009, de 27 de marzo, se expide el presente edicto.

Las Palmas de Gran Canaria, 22 de enero de 2014.- La Secretaria Judicial.

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