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Documento BOE-B-2014-34473

LAS PALMAS DE GRAN CANARIA

Publicado en:
«BOE» núm. 241, de 4 de octubre de 2014, páginas 46640 a 46640 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2014-34473

TEXTO

Edicto

Doña Águeda Reyes Almeida, Secretario Judicial del Juzgado de lo Mercantil número 1 de Las Palmas,

Por el presente, se hace saber, que en procedimiento concursal 0000009/2010 seguido a instancias del Procurador D. Antonio L. Vega González, en nombre y representación de Autos Moreno Rent A Car, S.L., con C.I.F. n.º B-35.412.097, se ha dictado auto en el día 16 de septiembre de 2014, en cuya parte dispositiva constan, entre otros, los siguientes particulares:

"Se acuerda la apertura de la fase liquidación.

De la presente resolución dése la publicidad que establecen los artículos 23 y 24 de la Ley Concursal.

Se acuerda la suspensión del/la concursado/a en el ejercicio de las facultades de administración y disposición sobre su patrimonio, con todos los efectos establecidos para ella en el título III de la presente Ley.

Se declara asimismo el vencimiento anticipado de los créditos concursales aplazados si los hubiera y la conversión en dinero de aquellos que consistan en otras prestaciones.

Se hace saber a los administradores que en el plazo de quince días desde la notificación de la presente resolución, deberán presentar un plan para la realización de los bienes y derechos en los términos establecidos en el artículo 148.1 de la Ley Concursal. Asimismo deberán presentar cada tres meses, un informe sobre el estado de las operaciones de la liquidación, que quedará de manifiesto en la Secretaría del Juzgado. El incumplimiento de esta obligación podrá determinar la aplicación de las sanciones previstas en los artículos 36 y 37 de la Ley Concursal.

Notifíquese la presente resolución al/la concursado/a, a la administración concursal y a todas las partes personadas en el procedimiento.

Notifíquese la presente resolución haciendo saber que de conformidad con lo establecido en el artículo 197 de la Ley Concursal, cabe interponer recurso de reposición ante este mismo Juzgado en el plazo de cinco días, sin que dicha interposición produzca los efectos de suspensión del presente procedimiento.

Para interponer el recurso será necesaria la constitución de un depósito de 25 euros, sin cuyo requisito no será admitido a trámite. El depósito se constituirá consignando dicho importe en la Cuenta de Depósitos y Consignaciones de este Juzgado, consignación que deberá ser acreditada al interponer el recurso (DA 15ª LOPJ)."

Las Palmas de Gran Canaria, 16 de septiembre de 2014.- Secretaria Judicial.

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