Edicto.
Doña María Luisa Pariente Vellisca, Secretaria Judicial en sustitución del Juzgado de lo Mercantil n.º 12 de Madrid, anuncia:
Que en el procedimiento concursal n.º 354/2012 referente al deudor LEDGRIN HOUSE, S.L., B/84-933514 se ha dictado con fecha 24.9.2014 auto de conclusión cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:
1.- Declarar la conclusión del presente concurso del deudor, LEDGRIN HOUSE, S.L., por fin de la fase de liquidación.
2.- El cese de las limitaciones de las facultades de administración y disposición del deudor subsistentes, salvo las que se contengan en la sentencia firme de calificación.
3.- Quedar el deudor responsable del pago de los créditos restantes. Los acreedores podrán iniciar ejecuciones singulares, en tanto no se acuerde la reapertura del concurso.
4.- Se acuerda la extinción de LEDGRIN HOUSE, S.L., y el cierre de su hoja de inscripción registral. Expídase por el Sr. Secretario mandamiento por duplicado al Registro Mercantil de Madrid, para que proceda a la inscripción de la conclusión del concurso, procediendo a su inserción en el portal de internet y al cierre de la hoja de inscripción de la concursada en el Registro.
5.- El cese en su cargo de la administración concursada en su día nombrada.
Dése cumplimiento a lo previsto en el art.. 181 de L.C., para el supuesto de que no conste ya efectuado.
Dése cumplimiento al art. 177.3 L.C.; La resolución firme que acuerde la conclusión del concurso se notificará mediante comunicación personal que acredite su recibo o por los medios a que se refiere el primer párrafo del artículo 23.1 de esta Ley y se dará a la misma la publicidad prevista en el segundo párrafo de dicho precepto y en el artículo 24.
Anúnciese por edictos la conclusión del concurso, que se fijara en el tablón de anuncios del Juzgado y en el "Boletín oficial del Estado", acordando su carácter gratuito.
Madrid, 24 de septiembre de 2014.- La Secretaria Judicial.
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